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¿Los inmigrantes se llevan todas las ayudas públicas?

¿Quién no ha oído alguna vez hablar de lo maravilloso que es dejar tu país, pasarte varias semanas, meses o años en el mar y llegar a otro país que te recibe dándote todas las ayudas económicas habidas y por haber? Se oye mucho y últimamente se está convirtiendo en el mensaje de cierta parte de la sociedad. Pero, ¿hasta qué punto es real esta afirmación? Se hace necesario saber cuáles son las ayudas que ofrece España a las personas que de una manera u otra no tienen cubiertas sus necesidades básicas.

Ayudas económicas a personas extranjeras según la ley

El artículo 14 de la ley de Extranjería recoge que para acceder a cualquiera de las prestaciones de la Seguridad Social y de los servicios sociales es indispensable tener residencia legal. Cualquier persona con residencia, puede acceder a las ayudas en las mismas condiciones que los españoles.

Se puede afirmar entonces, que la condición de extranjero en ningún caso es sinónimo de ventaja a la hora de  acceder a los servicios públicos. O dicho de otro modo, no existe ningún tipo de ayuda social dirigida a personas extranjeras por el mero hecho de serlo y de las que queden excluidas las personas nacionales.

El artículo 13 de la ley de Extranjería expone que “los extranjeros residentes tienen derecho a acceder a los sistemas públicos de ayudas en materia de vivienda en los términos que establezcan las leyes y las Administraciones competentes. En todo caso, los extranjeros residentes de larga duración tienen derecho a dichas ayudas en las mismas condiciones que los españoles”.

Ayudas a las que tienen acceso las personas extranjeras con residencia en España

Hay que hacer un análisis resumido de las ayudas existentes -datos obtenidos del año 2018- para personas extranjeras que residen en España. En España hay diferentes tipos de ayudas sociales y para poder acceder a cada una de ellas, se exige el cumplimiento de ciertos requisitos, la condición de extranjero no es uno de ellos. Las ayudas sociales se dan en función a la situación socioeconómica -familiar o personal- de cada uno que las solicita.

Prestaciones familiares de la Seguridad Social, permisos parentales y excedencias

– Prestaciones económicas por nacimiento o adopción de hijos:

  • Parto o adopción múltiples.
  • Nacimiento o adopción de hijo en los supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres con discapacidad – igual o superior – al 65%.

– Asignación económica por hijo o menor a cargo en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción.

Permisos parentales y familiares:

  • Maternidad.
  • Paternidad.
  • Riesgo durante el embarazo y la lactancia.
  • Reducción de jornada laboral: lactancia, cuidado de menores y otros familiares, cuidado de menores afectados por cualquier enfermedad grave, otros permisos.

Excedencia:

  • Por cuidado de hijos o menores en régimen de acogimiento permanente o de guarda con fines de adopción.
  • Por cuidados familiares.
Ayudas en materia de empleo

– Prestaciones por desempleo de nivel asistencial.

– Otras prestaciones económicas para personas desempleadas con responsabilidades familiares:

  •  Programa Prepara.
  •  Programa de activación para el empleo.

– Programa de fomento del Empleo.

Beneficios fiscales por hijo a cargo y otras circunstancias familiares en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.)

– Deducciones estatales.

– Deducciones autonómicas.

Ayudas sociales a familias numerosas

Familia numerosa.

  • Título de familia numerosa: Expedición.

Beneficios establecidos para familias numerosas.

Ayudas sociales a familias monoparentales

Seguridad Social.

  • Prestaciones por muerte y supervivencia.
  • Prestación por nacimiento o adopción de hijo en caso de familias monoparentales.
  • Aumento de la duración del subsidio por maternidad no contributivo en caso de familia monoparental.
  • Bonificación del 45% de las cuotas a la Seguridad Social por la contratación de cuidadores familiares en familias numerosas monoparentales.
  • Cálculo del límite de ingresos para el acceso a las prestaciones familiares por hijo o menor a cargo en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción.

Fiscalidad (I.R.P.F.).

En ninguna de las ayudas ahora citadas, existe como requisito que dé beneficio, la condición de ser extranjero.

¿Se apropian los extranjeros de todas las ayudas?

La mejor manera de responder a esta pregunta consiste en analizar los datos de estos últimos años sobre las personas receptoras de este tipo de ayudas. En España el riesgo de pobreza o exclusión social alcanza al 23,4% de los españoles –índice AROPE-, en cambio sube hasta el 58,7% cuando nos referimos a la población extranjera de fuera de la UE.

Un ejemplo que contradice ese argumento, se da en Euskadi, donde un 60,60% de los beneficiarios de la ayuda al alquiler son nacionales, mientras que los extranjeros acopian el 39,40% del RGI -la Renta de Garantía de Ingresos-. Lo mismo ocurre en Aragón, el 70% de los que reciben el Ingreso Aragonés de Inserción son españoles. El artículo 13 de la ley de Extranjería dice que “los extranjeros residentes tienen derecho a acceder a los sistemas públicos de ayudas en materia de vivienda en los términos que establezcan las leyes y las Administraciones competentes. En todo caso, los extranjeros residentes de larga duración tienen derecho a dichas ayudas en las mismas condiciones que los españoles

“Los extranjeros reciben medicamentos gratis” es otro bulo. Según El Real Decreto 7/2018, los “sin papeles” costearán el 40% del precio de los fármacos. Eso no significa que los consigan de manera gratuita. Dado que las competencias de Sanidad están transferidas en diecisiete casos, cabe especificar que en ninguna de las 17 comunidades, los inmigrantes están libres de pagar los medicamentos. La Sanidad también la financian los inmigrantes irregulares, a través de los impuestos indirectos que pagan al consumir productos puesto que este servicio público, no se financia mediante cotizaciones.

Las ovejas y el pastor

Estos mensajes xenófobos son repetidos y utilizados por varios partidos políticos, PP y Vox han afirmado en actos políticos que los extranjeros gozan de un trato de favor en el acceso a las ayudas sociales. Muchas personas que les votan han defendido esa idea, aunque los datos derrumben esos argumentos, siguen repitiendo esos mantras con esmero.

Los datos demuestran que no existe discriminación positiva para los extranjeros a la hora de conceder las ayudas. Junto a los discursos políticos, los medios de comunicación juegan un papel importante en el reforzamiento de estos estereotipos negativos basados en la desinformación y la ignorancia.

“La cantidad de rumores inútiles que un hombre puede soportar es inversamente proporcional a su inteligencia”. Arthur schopenhauer.