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Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación: prohibido preguntar

La Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación, es un avance más dentro de las luchas y objetivos de los trabajadores españoles de hoy.

La salud y la privacidad, a partir de la puesta en marcha de la Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación, se darán la mano en España.

En el mes de julio se hizo pública en el Boletín Oficial del Estado (BOE), esta nueva disposición jurídica que viene a sumar en la batería de derechos que han sido ajustados y contemplados, dentro de los esfuerzos realizados por el ministerio de Trabajo y Economía Social.

La nueva ley define y decreta “el derecho de toda persona a la igualdad de trato y no discriminación, con independencia de su nacionalidad, de si son menores o mayores de edad, o de si disfrutan o no de residencia legal”.

Además, agrega que “nadie podrá ser discriminado por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, expresión de género, enfermedad o condición de salud, estado serológico y/o predisposición genética a sufrir patologías y trastornos, lengua, situación socioeconómica, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

En el ámbito laboral, plantea que “no podrán establecerse limitaciones, segregaciones o exclusiones por las causas fijadas en la ley para el acceso al empleo por cuenta ajena, público o privado, incluidos los criterios de selección, en la formación para el empleo, en la promoción profesional, en la retribución, en la jornada y demás condiciones de trabajo, así como en la suspensión, el despido u otras causas de extinción del contrato de trabajo”.

Algunas contradicciones

Como toda nueva ley, esta ha sido generadora de diferencias por dos flancos sensibles. Uno es el relacionado con los despidos por enfermedad. El otro tiene que ver con el permiso por regla dolorosa.

En el primer caso, los juristas han considerado ambiguo este elemento. Los resultados de estos casos en el sistema legal, posiblemente serán largos y complejos. Al respecto, los expertos han dicho que será en el ámbito de los jueces donde se diriman principalmente estas cuestiones.

En el segundo, el asumir esta decisión trae detractores que consideran innecesario el legislar sobre este tema. Sin embargo, este es un punto ganado por las mujeres y su inclusión en la lógica laboral.

Las multas

Otro elemento sustancial que trae consigo la nueva normativa es el punto de las multas. Se definen como leves, graves y muy graves, dentro del nuevo régimen de infracciones. Irán desde los 300 hasta los 500.000 euros.

La institucionalidad

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social, la cual depende del ministerio, será la responsable de “velar particularmente por el respeto del derecho a la igualdad de trato y no discriminación, en el acceso al empleo y en las condiciones de trabajo”. Además, añade que será “en el ejercicio de su función de vigilancia y exigencia del cumplimiento de las normas de orden social”.

En fin, este es un avance más dentro de las luchas y objetivos de los trabajadores españoles de hoy.

Este tipo de normativas, apuntan a la democratización y actualización del espacio laboral en favor del esfuerzo colectivo.