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La herencia, o el capitalismo patrimonial: el capital se perpetúa en el ADN

La herencia, o el capitalismo patrimonial: el capital se perpetúa en el ADN

A, con tres hijos, ingresa el salario mínimo interprofesional. Gracias a la ayuda de sus padres pensionistas puede evitar el desahucio y comer caliente una vez al día.
B, con tres hijos, ingresa 2.000,00 euros mensuales por su trabajo por cuenta ajena. Hace juegos malabares para no tener que pedir prestado a finales de mes.
C, con tres hijos, ingresa 15.000,00 euros mensuales por su puesto de directivo agresivo en un negocio boyante. Tiene muchos gastos, pero consiguen ahorrar 6.000,00 euros al mes, excepto el mes de vacaciones, que por tirar, tira la casa por la ventana e incluso echa mano de los ahorros.
D, con tres hijos, ingresa, después de blanquearlas, cantidades superiores a 1.000.000,00 de euros al mes por su negocio criminal.
E, con tres hijos, ingresa 3.000.000,00 de euros gracias a los negocios heredados, cuyos orígenes se remontan al inicio de los tiempos.

A no dejará nada en herencia a ninguno de sus tres hijos, en todo caso alguna deuda con familiares o amigos que habrán de asumir por honor familiar.
B dejará en herencia el saldo de la cuenta bancaria y algún bien doméstico; quizás un piso en un barrio medio de la ciudad, que con suerte haya acabado de pagar.
C dejará una buena herencia. Tiene tres casas en la ciudad de residencia y una en la playa. Además supo invertir en bolsa y deja un buen paquete de acciones valiosas.
D dejará una herencia suculenta, con el mérito de haber hecho fortuna gracias a su esfuerzo y mano dura.
E volverá a dejar una herencia que permita a sus herederos dedicarse, como él y generaciones anteriores, al privilegiado mundo de los rentistas ociosos.

A y B no eludieron jamás el pago de ningún impuesto, estuvieron perfectamente controlados por Hacienda. C y E pagaron los mínimos impuestos que sus asesores financieros consiguieron bordeando la ley, y E, a diferencia de C, se benefició de varias amnistías fiscales inconstitucionales, pero avaladas por el Gobierno de turno democráticamente elegido por el poder legislativo. D nunca pagó impuestos por sus ingresos ilegales que le posibilitaron crear un gran imperio legal.

Como en el capitalismo todo se reproduce a distintas escalas, el impuesto de sucesiones da lugar en España a regiones que se convierten en paraísos fiscales. En una comunidad autónoma se estará casi exento de satisfacer ese tributo y en otras habrá de pagarlo con un porcentaje comparativamente disparatado. A y B se empadronaron donde residieron, no tenían más remedio. C, D y E, mal asesorados socialmente por sus respectivos expertos financieros, bien asesorados para sus representados, fijaron su residencia habitual en la comunidad más ventajosa. Esta anomalía geográfica del impuesto la puede resolver el gobierno sustentado por el partido político, PP, que ha organizado las más atroces campañas por la abolición de este impuesto redistributivo.

Con criterios religiosos, y atendiendo a la posición en el mundo capitalista, los seis herederos de A y B pagarían el impuesto acorde a las cantidades venidas del cielo; los seis de C y E pagarán el impuesto acorde a las cantidades venidas del infierno, a no ser que hubiera un acto de contrición perfecta en el último suspiro, y los tres de D pagarán el impuesto acorde a las cantidades venidas del infierno, sin posibilidad de perdón celestial. Los herederos de A no pagarán nada porque nada heredan, ni siquiera hay un testamento. Los herederos de B habrán de hacer cuentas, si renuncian porque los beneficios son menores que las pérdidas, si venden el piso a un tercero o si el hermano en mejor posición se lo compra a los otros dos, o…harán muchas cábalas y puede que hasta acaben rompiendo la paz familiar. Los herederos de C recogerán los frutos de la sufrida vida laboral del progenitor, pagarán los impuestos que establecen las leyes, pero en su nivel más bajo, que ya el progenitor lo dejó todo bien atado para que ningún vago cobrara pensión no contributiva con sus dineros. Los herederos de D también recogerán los frutos, pero estos regados con la labor delictiva progenitora, aunque ya lícitos negocios en segunda generación; también pagarán los mínimos impuestos que la legislación les marque rozando la ilegalidad. Los herederos de D, convencidos de conservar la unción divina del primer ancestro canalla distinguido por el más canalla entre los canallas, recibirán una herencia que les posibilitará llevar la vida ociosa a la que su estirpe se consagra desde tiempos inmemoriales, y de tal magnitud que también ellos legarán a sus descendientes por varias generaciones.

Los progenitores ya han fallecido, los herederos recibirán los bienes testados. Es aquí el momento en que entran en discusión los detractores o los defensores del impuesto de sucesiones. Aducen los detractores que esos bienes sufrirán una segunda imposición si se les cobra ese impuesto. Su argumentación no es nada enrevesada, es sencilla de entender con un ejemplo de los que más usan: la vivienda de los progenitores se pagó con gran esfuerzo y al recibirlas los herederos habrán de pagar el impuesto de sucesiones (al menos reconocen que, para ellos, altísimo en algunas comunidades y exiguo en otras, como ya se ha apuntado anteriormente), con lo que el mismo bien es gravado dos veces. Sigamos el rastro fiscal de ese bien heredado: Descartando que la vivienda fuera previamente heredada (como ocurre con gran parte de los bienes de E, y tal vez también con algunos de C, y dependiendo de la comunidad de residencia, los progenitores de C y E pagaron desde un tipo cero a algún número real), nos centraremos en el caso de la compra de la vivienda. Al comprarla, los progenitores tuvieron que pagar el IVA o el ITP, según fuera de primera o segunda mano respectivamente. El dinero con el que tuvieron que pagar sufrió previamente el IRPF, y con seguridad C, D y E tuvieron que pagar el impuesto guadiana sobre el patrimonio, que, además de desaparecer y aparecer por decreto gubernativo, tiene distintos tipos aplicables según la comunidad de residencia, llegando a ser nulo en alguna. Es decir, el bien soportó tres impuestos principales, pagados con el capital que poseían los progenitores, ningún hijo aportó cantidad alguna. Muertos A, B, C, D y E los acosados por el fisco serán sus herederos, aunque como los de A nada heredan, son arrojados de este apartado, como lo son de los beneficios de la sociedad capitalista. Los de B (si no han renunciado a la herencia por no poder hacer frente al impuesto de sucesiones), C, D y E oirán la llamada a la puerta de los recaudadores fiscales, groseramente a la de B, correctamente a la de C y sumisamente a las de D y E, a quienes exigirán o solicitarán, según sea el caso, el pago del impuesto de sucesiones, que, como sus progenitores, pagarán con un capital que ya ha pasado por el pago del IRPF y algunos incluso por el del patrimonio. El bien heredado seguirá soportando más impuestos, dependiendo del uso futuro, pero aquí muere su fiscalidad en cuanto al reproche de los detractores del impuesto de sucesiones, agradezcamos que ponen un coto a su miopía social.

Repasemos. Los progenitores pagaron un impuesto específico (IVA o ITP) por la compra de ese bien, impuesto pagado con un dinero que soportó siempre el IRPF y en algunos casos el de patrimonio; los hijos pagaron un impuesto específico (el de sucesiones) por la herencia de ese mismo bien, impuesto también pagado con dinero que soportó siempre el IRPF y en algunos casos el de patrimonio. Vemos que los impuestos específicos obedecen a dos circunstancias distintas, una es compra y la otra es herencia. Nos vamos acercando al fetichismo de la mercancía. Los detractores caen en el mismo error en el que lleva sumido el capitalismo desde su imposición revolucionaria sangrienta en Europa, advertido por Marx, que no es otro que despreciar el factor humano en todo lo relacionado con la economía. Solo analizan lo que acontece en el precio del producto, en este caso en la vivienda heredada; claro que el bien soporta doble imposición, y triple cuando vuelva a ser heredada o vendida por un heredero, pero la tributación se hace por personas diferentes. No será el mismo sujeto pasivo el que pague impuestos más de una vez por ese bien. A no ser que un etéreo micelio humano preserve la unidad corpórea eterna del finado con el supérstite, situación imposible dada la unicidad de cada ser humano, por mucha honra que merezca cuando se parece a los suyos. No es la mercancía la que marca la imposición tributaria, son las personas quienes tienen que centrar la traza fiscal de la mercancía. Todo este planteamiento de la doble imposición del impuesto la puede resolver el gobierno sustentado por el partido político, PP, que ha organizado las más atroces campañas por la abolición de este impuesto redistributivo.

Estas campañas organizadas por políticos de ideas conservadoras y antisociales, apoyadas por los medios a su alcance, que son todos, han calado en el cuerpo social español. El espectro social que abarca a quienes representarían los progenitores A, B, C, D y E han respaldado, con mayor o menor empeño, las tesis defendidas por los sectores más pudientes de la sociedad española. Es entendible que la minoría representada por C, D y E sufraguen campañas contra el impuesto de sucesiones enfatizando la doble imposición, a la que los sectores sociales de A y B, la mayoría social, debería responder con la doble imposición a los bienes básicos de subsistencia, IRPF e IVA. La cultura hegemónica de la burguesía nuevamente vence en sus tesis sin que los oprimidos adviertan que vuelven e echar tierra en sus propias tumbas. Es sintomático que doctrinas tan separadas como el liberalismo y el comunismo aboguen por la supresión de la herencia. Los primeros por su creencia en la igualdad de oportunidades y el triunfo por el esfuerzo y la dedicación, y los segundos por la abolición de los medios de producción.
Si ya en vida de los progenitores las oportunidades de desarrollo personal de los hijos son injustamente diferentes por razón de nacimiento, en la edad adulta esa desigualdad se acrecienta con los bienes que esos progenitores legan a su descendencia. Hasta el triunfo del socialismo, el impuesto de sucesiones es el acto menos injusto de la iniquidad de la sacrosanta institución de la herencia.

Sin abundar en datos, fácilmente consultables en Internet, se reproduce el que aporta la Junta de Andalucía: En 2016, de 255.009 autoliquidaciones por sucesiones sólo tuvieron que realizar un ingreso 19.136 (el 7,5% del total). Por tanto 235.873 herederos tuvieron que liquidar el impuesto pero no pagaron nada. De esos 19.136, únicamente 5.426 eran descendientes directos del fallecido (grupos I y II de parentesco). Los restantes eran herederos con vínculo más lejano, que han de tributar cantidades similares en todas las CCAA. Por tanto, los herederos directos que han de pagar el ISD representan el 2,1% de las personas que realizan autoliquidaciones.

Cabe concluir con un razonamiento que la historia siempre ha confirmado: jamás la clase privilegiada se ha movilizado para reivindicar un derecho universal. Poco le importa a la burguesía que un heredero de A, B o C tenga que renunciar a la herencia por no poder hacer frente al impuesto, es el mantenimiento de sus prebendas el único motivo que le lleva a ponerse al frente de la defensa de un supuesto derecho que en la práctica, por beneficiar solo a su clase social, se transforma en privilegio.