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Las competencias que tendría Pablo Iglesias como vicepresidente de España

Antes de ayer se dio a conocer que el PSOE y Unidas Podemos han firmado un preacuerdo compuesto por diez puntos, un preacuerdo para formar un gobierno progresista. Una de las condiciones o consecuencias de ese preacuerdo, es que Pablo Iglesias desempeñará el cargo de vicepresidente del país. Pero, ¿qué supone ostentar el cargo de vicepresidente en España?

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Vicepresidente del Gobierno de España

Es la segunda figura más importante del Gobierno español. El vicepresidente suele ser simultáneamente el ministro de la Presidencia. Es nombrado a propuesta del presidente del Gobierno. Su mandato, al igual que el de todo el Gobierno, está atado al del presidente, en este caso, al mandato de Pedro Sánchez. Si el preacuerdo siguiera su curso y finalizara en una sólida formación de gobierno, Pablo Iglesias, sería la vigésima segunda persona en ocupar dicho cargo.

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Vicepresidentes segundos y terceros

En España, se ha dado el caso de algunas legislaturas en las que ha existido el cargo de vicepresidente segundo, incluso en las que ha existido también el vicepresidente tercero. Esta posibilidad se da si el presidente del gobierno ve la necesidad de nombrar a más de un vicepresidente. Cuando ocurre esto, al vicepresidente del Gobierno se le denomina vicepresidente primero del gobierno de España.

Algunas fuentes afirman que “habría tres vicepresidencias: una social, para Pablo Iglesias; otra económica, para Nadia Calviño, y otra política, para Carmen Calvo.” En cualquier caso, es de esperar que el PSOE, como fuerza mayoritaria de la coalición, lleve el mayor peso del Gobierno. Y de eso dependerán en gran medida las funciones que Pablo Iglesias deberá desempeñar.

¿Cuáles son realmente sus funciones?

Según el Artículo 3. de la Ley 50/1997, “Al Vicepresidente o Vicepresidentes, cuando existan, les corresponderá el ejercicio de las funciones que les encomiende el Presidente (…) El Vicepresidente que asuma la titularidad de un Departamento Ministerial, ostentará, además, la condición de Ministro.”

Según la Ley del Gobierno, las funciones que debe realizar son las que le asigne el presidente del Gobierno tales como sustituirlo en caso de enfermedad, en caso de ausencia, vacante o fallecimiento. Aunque como generalmente es ministro de la Presidencia, se encarga también de las funciones que ese cargo conlleva. Estas son sus funciones:

  • Asesorar al Presidente del Gobierno.
  • Asistencia administrativa al Consejo de Ministros.
  • Presidir las Comisiones Delegadas del Gobierno y la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios.
  • Apoyar al presidente en el ejercicio de las funciones concernientes a la preparación y seguimiento del programa gubernamental.
  • La coordinación interministerial que le encomienden.
  • Asistencia al Gobierno en sus tratos con las Cortes Generales.
  • Preparación, desarrollo y seguimiento del programa legislativo del Gobierno y de su tramitación parlamentaria.
  • Funciones de apoyo material, gestión económica, personal y otras que, siendo de la misma naturaleza, necesiten tanto el  presidente del Gobierno como los órganos dependientes de la Presidencia.
  • También realiza las funciones de Secretario del Consejo de Ministros.

El Gabinete

A la Vicepresidencia del gobierno le corresponde como órgano de asistencia un Gabinete compuesto por el Director de Gabinete -que tiene rango de subsecretario-, el Director Adjunto del Gabinete -con rango de director general- y ocho asesores, los cuales poseen el rango de subdirectores generales.

La línea de sucesión

Ni la Constitución, ni las demás leyes, recogen una línea de sucesión presidencial. En cambio, la Ley del Gobierno ordena que si el presidente dimitiera, todos los componentes del gobierno, incluyendo al vicepresidente, seguirían en funciones hasta que se eligiera uno nuevo. Aunque sí existen dos situaciones en las que el vicepresidente se haría cargo de la Presidencia del Gobierno en funciones: si el presidente muriera o si el presidente se encontrara fuera del territorio nacional.

¿Cuál sería el poder real de Pablo Iglesias?

Cuando la Presidencia la poseía Mariano Rajoy, su vicepresidencia la ostentó Soraya Sáenz de Santamaría. Muchos dijeron que la vicepresidenta en funciones era la mujer española que más poder había asumido. Por lo tanto, las funciones y el poder que vaya a administrar Pablo Iglesias, dependerán de la estructura de Gobierno que acuerden y decidan.

Si siguiera el camino de Soraya Sáenz de Santamaría, como vicepresidente y ministro de la Presidencia, dirigiría la coordinación interna de los ministerios. Resumiendo, administraría los resortes políticos internos del Gobierno.

Como portavoz del Gobierno, Pablo Iglesias se encargaría de comparecer ante los medios de comunicación. También determinaría las líneas políticas de la respuesta del Gobierno en los debates nacionales. Bajo su control estarían el CNI, el BOE, el CIS, el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, las relaciones con las delegaciones del Gobierno y la Vicepresidencia de la Comisión de Asuntos Económicos de La Moncloa.

Los órganos superiores y directivos que dependen directamente del ministro son la Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes y la Subsecretaría de Presidencia. Asimismo, el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional depende estructuralmente de la Presidencia del Gobierno, a través del Ministerio de la Presidencia. La entidad pública Radio Televisión Española, se adscribe al departamento a través de la Subsecretaría.