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Explicación resumida del sistema electoral boliviano

Las elecciones generales de Bolivia se celebrarán el próximo 20 de octubre de 2019, para elegir al presidente y vicepresidente del Estado Plurinacional, 130 diputados y 36 senadores para el período gubernamental 2020-2025.

La Presidencia y Vicepresidencia del Estado Plurinacional son elegidos por circunscripción nacional. En el caso de que ningún candidato a la presidencia consiga más del 50% de los votos válidos, pero si consiguiera un mínimo del 40% con una diferencia del 10%, frente a la segunda candidatura más votada, se produciría una segunda vuelta electoral.

Resumen del Sistema político electoral de Bolivia

El sistema electoral de Bolivia no es igual al sistema electoral español. A continuación se explica en qué se basa el sistema electoral de Bolivia.

  • División Político Administrativa: Bolivia es una República unitaria y toma para su gobierno la forma democrática representativa. El país está estructurado política y administrativamente en 9 departamentos, 112 provincias, 327 municipios y 1.384 cantones. También hay 11 municipios autónomos indígenas originarios campesinos.
  • Parlamento Nacional: La Asamblea Legislativa Plurinacional está compuesta de dos cámaras, la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores. La Cámara de Diputados está formada por 130 miembros directamente elegidos para 5 años. La Cámara de Senadores está formada por 36 miembros directamente elegidos para 5 años.
  • Gobierno Municipal: El Gobierno Municipal está al cuidado de un Consejo y de un Alcalde. Los Concejales se escogen mediante votación universal, directa y secreta. Para ser candidatos a Alcalde tienen que estar inscritos en primer lugar en las líneas de concejales de los partidos. Será elegido por mayoría absoluta de votos válidos.
  • Duración de mandatos: La duración de los mandatos es de 5 años.
  • Sistema de representación: Para los Alcaldes debe ser por mayoría absoluta. Si ninguno de los candidatos obtuviera mayoría absoluta, El Concejo elegiría – por mayoría absoluta de votos de los Concejales electos – entre los dos candidatos que hubieran obtenido la mayoría de los votos. . En el caso del Concejo se realiza de manera proporcional.Respecto a la Cámara de diputados, es un sistema mixto – voto de la mayoría simple para 68 asientos -. De listas en representación proporcional con un doble sistema de cociente. 68 diputados son elegidos en circunscripciones uninominales por mayoría simple y el resto en circunscripciones plurinominales por un sistema de representación proporcional de lista cerrada .El Senado se basa en un sistema mayoritario y proporcional. 4 Senadores son elegidos por lista cerrada en cada una de las 9 circunscripciones departamentales de Bolivia. El reparto de escaños se hace a través del sistema proporcional. El voto es obligatorio.
  • Tipo de listas: Las listas son cerradas.
  • Circunscripción electoral: Según la Ley Reglamentaria de Elecciones. Cap.5: Plurinominal. Los munícipes serán elegidos en cada municipio de la misma manera que los diputados. . En el caso de la Cámara de diputados es mixto, circunscripciones uninominales y plurinominales. Y en cuanto al Senado, 9 distritos electorales plurinominales – 4 cargos cada uno – correspondientes a los departamentos del país.
  • Ley de cuotas y paridad: Existe una obligatoriedad de incluir un mínimo de 30% de mujeres en todos los niveles de dirección partidaria y en las candidaturas para cargos de representación ciudadana – según el Cap IV, art 19,Núm IV -. Se aplica en el parlamento, dirección partidaria, cargos de representación ciudadana y concejales municipales.
  • Justicia electoral: La Corte Nacional Electoral es responsable de desarrollar las elecciones en los niveles nacional, regional y local – Art.35 del código Electoral -. El Código Electoral decreta y asegura la autonomía, independencia e imparcialidad del Organismo Electoral y autoridades electorales. La jurisdicción electoral es la potestad del Estado. Con ello, debe administrar los procesos electorales en todo el territorio de la República, desde su convocatoria hasta su finalización. Para efectos de las elecciones municipales se divide el territorio de la República en tantas circunscripciones municipales como secciones de provincia haya – lo establece el Código Electoral en el Capítulo Segundo, Gobierno Municipal. Art.93.