Tras la muerte del dictador Francisco Franco en 1975, daba comienzo una transición en la que muchos ciudadanos pusieron muchas esperanzas tras 40 largos años de dictadura. Culminó con la aprobación, en 1978, de la Constitución española, una “ley de leyes” larga y prolija cuyos preceptos -169 artículos-, en apariencia, nos prometían un país democrático, libre y en donde las necesidades de todos los españoles estarían cubiertas.
Pero, ¿Qué es hoy de aquella constitución?
Desde hace ya muchos años somos testigos -muchas familias por desgracia en primera persona- de los incumplimientos reiterados de muchos de sus artículos encuadrados en la sección I del capítulo II del Título I –De los derechos fundamentales y de las libertades públicas-, que engloban desde el artículo 15 al 29 -algunos expertos en Derecho también incluyen el artículo 14-.
El propio artículo 15 ya habla del derecho a la integridad física y moral y a la rotunda prohibición de la tortura. Este mandato choca frontalmente con las innumerables denuncias de tortura que se han hecho públicas y se siguen haciendo públicas. En España, existe aún la tortura tanto en cárceles como en dependencias policiales.
El artículo 16 menciona la libertad religiosa y de culto y señala que “ninguna confesión tendrá carácter estatal“. Teniendo en cuenta que la Iglesia recibe cada año alrededor de 11.000 millones de euros del erario público o que un simple “me cago en dios” te puede llevar a la cárcel y que se permite a miembros del clero usar el altavoz que dan los medios de comunicación para verter a los oídos de todos verdaderas aberraciones, parece más bien que España sigue siendo un país eminentemente ultracatólico.
Y vamos al que, a juicio de muchos y de quien escribe, es el artículo más vulnerado de la Constitución española: el artículo 20, en donde se garantiza la libertad de expresión. “Se reconocen y protegen los derechos: a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción“. No hay artículo que sea más violado en toda la Constitución. Titiriteros por una obra de teatro, raperos, libros censurados como Fariña, manifestaciones reprimidas brutalmente… Son muchas las personas y los colectivos que sufren la censura en España. No pasemos por alto la denominada popularmente como “ley mordaza“, un atraso de norma de la que muchos expertos en Derecho ya han calificado de inconstitucional. Cabe mencionar además la enorme censura que dicha ley está ejerciendo en las redes sociales ante opiniones discrepantes con lo que debería ser la “norma”, como criticar duramente a la Corona.
El artículo 35 habla del “derecho al trabajo” y a “una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia“. En el país con el segundo SMI más bajo de Europa y con un mercado laboral que sobrepasa ya la miseria, millones de personas no reciben una remuneración digna ni que satisfaga sus necesidades, mucho menos las de toda su familia. Y a todo ello hay que sumarle el enfado de ciertos políticos cuando se intenta subir ese SMI. Llenarse la boca de Constitución es también defender este artículo que ha quedado con papel mojado.
No podemos cerrar este artículo sin antes mencionar otro de los más vapuleados: el artículo 47, que garantiza el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada y manda a los poderes públicos a promover las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho. Solo un dato: en 2017, más de 57.000 familias fueron desahuciadas por no poder pagar el alquiler o la hipoteca. Muchas de estas familias en riesgo de exclusión social, personas mayores sin alternativa habitacional, familias con bebés, con hijos con discapacidad, etc. Ni este derecho está garantizado en España, ni los poderes públicos están actuando para ello.
No quiero terminar sin antes mencionar el artículo 117 que, en el Título VI “Del Poder Judicial“. En dicho precepto se dice que los magistrados y jueces han de ser independientes. Dados los múltiples escándalos de jueces y magistrados nombrados por consejo de políticos para juzgar temas de corrupción, no es nada creíble que la justicia española sea independiente. Jueces que, “de repente” son cambiados por otros más afines a los intereses políticos, magistrados que sentencian contra la banca y que “de repente” cambian dicha sentencia por otra totalmente contraria y favorable a dichos intereses económicos… Nadie con dos dedos de frente y que lea este artículo, se cree la inexistente independencia del poder judicial español.
Son 169 artículos de los cuales solo se cumplen unos pocos. Podríamos estar escribiendo hasta pasado mañana, pero hemos querido hacer hincapié en los que consideramos son los artículos más necesarios de ser cumplidos y son machacados una y otra vez por quienes se autodefinen como “constitucionalistas“. Y por otros también.