Poder judicial, el coto privado de los licenciados en Derecho I
Juan Modesto, hijo de obrero precario. Desechado de este relato. Juan Modesto llegó a la Universidad, pero su padre engrosó la lista del paro cuando cursaba cuarto de Derecho; no pudo continuar la carrera, tuvo que ponerse a trabajar. Su conciencia de pertenencia a la clase perdedora le ayudó a no hundirse moralmente, al contrario, afianzó su militancia en las juventudes de un partido anticapitalista.
Juan Menosmodesto, hijo de asalariado. Con mejor suerte que el anterior, casi desechado. Se licenció en Derecho. Harto de ir de bufete en bufete, decidió, con la aprobación de su familia, opositar a jurídicas. Lo dejó al poco de iniciar la preparación, advirtieron que no podían seguir pagando ese dineral. Intentó una segunda oportunidad, pero lo volvió a dejar porque no tenía tiempo para estudiar después de las maratonianas jornadas de trabajo precario.
Juan Medio, hijo de cuadro intermedio. Se licenció en Derecho. Opositor de jurídicas. Aprobó y se decantó por Juez. Hizo varios másteres, pero no publica en revistas especializadas.
Juan Alto, hijo de profesional libre de grado superior. Opositor de jurídicas. Aprobó y se decantó por Juez. Además de hacer varios másteres, gracias a su bien relacionada familia, publica artículos en revistas especializadas en Derecho.
Juan Muy Alto, hijo de terratenientes, por parte de padre y madre. Doctor en Derecho. Muy bien relacionado. Másteres, publicaciones, cátedras, bufete, conferencias en facultades y en fundaciones de reconocida influencia bipartidista, afines a PP o PSOE.
Juan Extremadamente Alto, hijo de gente de rancio abolengo. Doctor en Derecho. Muy bien relacionado. Másteres, publicaciones, cátedras, bufete, conferencias en facultades y en fundaciones de reconocida influencia bipartidista, afines a PP o PSOE.
El Consejo General del Poder Judicial ha sido elegido. El Congreso y el Senado han nombrado respectivamente a seis vocales del turno judicial entre los candidatos presentados voluntariamente, y que han pasado la criba legal, y a cuatro juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio. Tras jurar lealtad al rey, los veinte cargos (copados por doce Juan Alto , ya que ningún Juan Medio presenta su candidatura consciente de su inferioridad de méritos y falta de avalistas, y ocho Juan Muy Alto y Juan Extremadamente Alto) pasan a elegir a su presidente. Tras arduas disputas, esta vez se decantan por un Juan Extremadamente Alto con veinticinco años de ejercicio competente, perdiendo el magistrado del Tribunal Supremo.
Aseguran que en su elección nada tuvo que ver la riqueza del primero, dedicado a la defensa de los más florido de la sociedad española, no como su contrincante, un oscuro opositor que se dedica a chupar del Estado desde su juventud. El presidente, como no podía ser menos, también jura, o promete, lealtad a la Corona. Los años de ejercicio son lo único fehacientemente medible; la reconocida competencia del presidente y vocales juristas la conocerán sus competentes electores, pero la inmensidad del pueblo sobre el que recaerá todo el peso de la ley no los ha oído en toda su vida. Se preguntan los legos cómo se mide la competencia de un jurista: si es abogado penalista, porque no ha perdido ningún juicio; si es catedrático, porque sus alumnos aprueban las oposiciones; si es juez o magistrado sin ejercicio, porque sus sentencias fueron duras con el débil y blandas con el poderoso. La ley solo dice reconocida competencia. El pueblo, a través de sus representantes del poder legislativo, ha elegido al máximo órgano judicial español.
Detengámonos un momento. La democracia burguesa se vanagloria, a diferencia de la popular, de que en ella la separación de poderes es efectiva. Es decir, ningún poder se entromete en el otro. Pero el pueblo no participa directamente en la elección de sus máximos representantes judiciales, los que marcarán la línea de actuación de los independientes jueces de España. Son los miembros del poder legislativo quienes designarán, previo acuerdo entre partidos políticos, quiénes regirán la vida judicial española. No ha sido un fallo del linotipista, sí, partidos políticos. Los miembros de Congreso y Senado, que representarán al pueblo y elegirán a los vocales del CGPJ, son impuestos por las élites dirigentes de los partidos… Y quien se mueve, no sale en la foto.
El CGPJ decide que hacen falta jueces y fiscales en los juzgados españoles. Convoca, vía BOE, oposiciones con el temario que ese máximo organismo estime conveniente . Quienes aprueben deberán decantarse por ser juez o fiscal. Como última prueba, deberán aprobar el posterior curso en la Escuela Judicial o la Escuela Fiscal, con lo que entrarán en la carrera judicial o en la carrera fiscal, respectivamente. Los primeros serán independientes en su actuación profesional hasta que se jubilen; los segundos estarán a las órdenes de sus jerárquicos superiores en toda su vida profesional.
Veamos los jueces. El pueblo español deposita la administración de la justicia en manos de sesudos conocedores del entramado legal. Unos dirán que la oposición libre garantiza que todos los licenciados en Derecho tienen las mismas oportunidades para decidir aplicar las leyes. Otros, que al ser uno de los tres poderes en los que descansa cualquier democracia que se precie, los jueces deberán ser elegidos por los ciudadanos. El mismo primer razonamiento cabría para el poder legislativo, los diputados deberían ser licenciados en Derecho, ya que ellos saben que una coma mal colocada en el texto legal puede cambiar radicalmente su significado; y para el ejecutivo, qué mejor profesión que la de militar, lo de ejecutar, en este caso en el sentido de imponer las leyes, lo llevan en la sangre.
Algunos Juan Medio y muchos Juan Alto pasaron todas las pruebas, y antes de tomar posesión de su primer destino jurarán (o prometerán) guardar y hacer guardar fielmente y en todo tiempo la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico, lealtad a la Corona, administrar recta e imparcial justicia y cumplir sus deberes judiciales frente a todos. Se abre ante ellos una carrera tranquila u otra apasionante, llena de gloria y ascensos. Tal vez ocurra en este poder democrático como en el legislativo con lo de moverse en la foto. El primer ascenso que les puede venir es a magistrado. La Ley Orgánica del Poder Judicial es muy clara, no engaña a nadie, pero hay que leer con detenimiento su artículo 311. No es el escalafón el único modo de llegar a magistrado.
Abre el camino a funcionarios cuyo trabajo está en el ámbito judicial, fiscales que se pasan a la carrera judicial y secretarios judiciales. Además, el Estado es magnánimo y no abandona a su suerte a los licenciados en Derecho, ya que les da la posibilidad de ingresar en la carrera judicial sin haber opositado a juez, directamente magistrados. De nuevo aparecen los años, diez, de ejercicio profesional y la reconocida competencia.
Como se presentarán más candidatos que plazas se oferten, tal vez cansados de ejercer una profesión que les exige dar todo de sí y ven llegado el momento del reposo en una cómoda plaza funcionarial, se establece un baremo que les viene que ni pintado a los Juan Muy Alto y Juan Extremadamente Alto, aunque puede que se cuele algún Juan Menosmodesto y Juan Medio que con gran esfuerzo y dedicación conseguirían una buena puntuación si cumplieran con bastantes de los requisitos: Tal vez alcanzó el doctorado con buena nota; profesionalmente quizás ejerció brillantemente la abogacía o era catedrático de disciplina jurídica a tiempo completo o era funcionario en un puesto en el que le exigieron el doctorado o la licenciatura en Derecho o ejercitó funciones judiciales sin pertenecer a la carrera judicial (ya veremos cómo): puede que publicara en revistas científico-jurídicas; a lo mejor participó como ponente en cursos jurídicos; acaso realizó cursos de especialización jurídica no inferiores a trescientas horas; probablemente obtuvo la suficiencia investigadora; incluso aprobó algún ejercicio de la oposición a la carrera judicial. Pero hete aquí que nuestros esforzados Sres. Menosmodesto y Medio, que en el baremo han conseguido una puntuación que les hace pensar que uno de los puestos de magistrado va a ser suyo han de pasar una entrevista, lo cual induce a pensar que sus méritos jurídicos no puedan ser tantos. O al menos no tan válidos como los de los Sres. Muy Alto y Extremadamente Alto; aunque esto solo cabe en el campo de las sospechas sin fundamento del vulgo envidioso, de todos es conocida la ecuanimidad con la que actúan nuestros tribunales calificadores.
El opositor triunfante a juez y el jurista de reconocida competencia con el nombramiento de magistrado pueden decir que su carrera judicial cobra sentido en todos los aspectos de la expresión. Se abre ante ellos un mundo de ascensos y reconocimientos que culminaría con la entrada en el Tribunal Supremo. Pero no vayamos tan rápido que la carrera podría acabar accidentadamente. El magistrado recién nombrado empezará a soñar con audiencias provinciales, la Audiencia Nacional o los tribunales superiores de justicia de las comunidades autónomas.
Para llegar a estos organismos deberá acumular años de ejercicio jurídico, porque contará mucho el escalafón, y tendrá más ventaja sobre sus compañeros si alcanza alguna especialidad jurídica. Caso aparte serán las salas de lo penal y civil de los TSJ de comunidad autónoma. Aquí los parlamentos regionales y el CGPJ hacen valer su poder. Y algún jurista local de reconocida competencia. El CGPJ nombrará a uno de la terna de tres juristas que propongan los parlamentarios autonómicos, no olvidemos que elegidos por su pueblo. De nuevo el poder legislativo se inmiscuye en el judicial, que en última instancia se sabe que es el poder partidista el que designa a los representantes del pueblo. Eso sí, jurarán o prometerán lealtad a la Corona.
Jurista de reconocida competencia, especialidad, Consejo General del Poder Judicial, parlamentos regionales… Si el embrollo empieza a complicarse para llegar a los puestos relevantes de la carrera judicial, libre de toda sospecha maniquea, al proveerse casi todos por el escalafón, los puestos de presidentes ya empiezan a ser más claros en cuanto a su designación. Será el CGPJ su nombrador. Ya vimos cómo son elegidos sus miembros. Pero no es motivo de preocupación, por muy presidentes que sean siempre estarán obligados a respetar la independencia de sus subordinados, quienes nunca olvidarán que quien se mueve no sale en la foto, o lo que es lo mismo, cuidado con tus autos y sentencias si quieres ascender.
La culminación de la Carrera Judicial, esta vez con mayúsculas porque el organismo lo merece, es conseguir ser magistrado del Tribunal Supremo. Serán los miembros del CGPJ quienes calibren los méritos de los magistrados que cumplan con el único requisito científicamente medible, cual es el de años de ejercicio. Como no podía ser menos, otra vez Juan Muy Alto y Juan Extremadamente Alto gozan de la magnanimidad del Estado para reconducir sus carreras profesionales del mundo jurídico privado y podrán ingresar en la carrera judicial como magistrados del Tribunal Supremo, por la puerta más grande, como unos ciudadanos de su categoría se merecen. Se debe saber que son las salas de este tribunal las que sentarán jurisprudencia en el mundo jurídico español, así que el poder bipartidista español tiene tanto cuidado en elegir al CGPJ, que es el que medirá los méritos de los aspirantes a tan alto tribunal.
Pero, una vez más, ha de remarcarse que los miembros calificadores están fuera de toda sospecha partidista. Los mejores resultarán los elegidos, aunque no se sepa que para qué o quiénes sean los mejores. El pueblo no los elige, como tampoco elige a su presidente, que también lo es del CGPJ. Este presidente lo elegirán los vocales del CGPJ, y de nuevo un jurista de reconocida competencia le podrá quitar el cargo a un magistrado del mismísimo Tribunal Supremo. Mejores o peores, jurarán o prometerán lealtad a la Corona.
Visto el camino ascendente de opositores y juristas competentes, veremos rápidamente cómo se accede a la función judicial sin pertenecer a la carrera judicial. Otra vez los doctores o licenciados en Derecho que ejercen libremente su profesión se pueden enganchar a los presupuestos del Estado a través de las figuras del magistrado suplente y del juez sustituto, y casi todos los casos de jueces de paz. Los seleccionados presentarán sus méritos, algunos pasarán una entrevista, y como en casos anteriores, Juan Muy Alto y Juan Extremadamente Alto tendrán más posibilidades que el resto de Juanes. Con mucho gusto jurarán lealtad a la Corona. Los jueces de paz serán elegidos por los Ayuntamientos, que por sus tamaños y población, supondrán un acicate para ser un buen estudiante de Derecho y obtener el grado o la licenciatura con buena calificación, sin necesidad de mostrar a sus convecinos sus preferencias políticas. La ley dice que prestarán juramento ante el juez de primera instancia e instrucción.
En pocas palabras, el poder judicial español está depositado íntegramente, con la única excepción de algún caso en los jueces de paz, en licenciados en Derecho que acceden a la carrera judicial por oposición o por concurso de méritos, aunque también pueden administrar justicia sin pertenecer a la carrera judicial, cuyo máximo órgano de gobierno es designado por el poder legislativo. Para ascender, servirán el escalafón, méritos y entrevistas. Todos juran lealtad a la Corona. Todos juzgarán según las leyes, que cada cual, según nos dice la experiencia, interpretará como su ideología le dicte. Ninguno es elegido por sufragio popular.
Alrededor de jueces, magistrados y magistrados del Tribunal Supremo hay multitud de órganos relacionados con la carrera judicial que no se han nombrado para no ser exhaustivos y que no inciden directamente en la administración de la justicia ante los ciudadanos. Tampoco se ha aludido a las distintas situaciones profesionales ni a la distribución del trabajo, que tantas protestas han levantado por el juego que pueden dar para que un juicio se desarrolle con mejor o peor resolución para los poderosos. El lector puede consultar las redes sociales usando las palabras más convenientes para estos casos, como juez de apoyo, cambio de normas de reparto, prevaricación, inhabilitación, voto particular. Encontrará buenos ejemplos del funcionamiento real del sistema judicial español.
Otro día hablaremos de los fiscales.