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Comisión de investigación del accidente de Angrois (IV): Comparece el interventor

Comparecencia del interventor del Alvia Antonio Martín Marugán

El interventor dice comparecer para contestar todas las preguntas; manifiesta que se ratifica en todo lo dicho ante la policía judicial y ante el juez.

Intervención del representante del grupo mixto.

El representante de este grupo parece aceptar, por fin, que uno de los encargos del Pleno del Congreso de los Diputados a esta comisión es, además de las relacionadas con las circunstancias del accidente, depurar responsabilidades políticas, aunque tal vez puede que el subconsciente le haya traicionado; ya veremos si en intervenciones siguientes se ratifica o se desmiente. El interventor declara que está jubilado, para a continuación relatar su vida profesional en Renfe. Explica al político el motivo de su llamada desde el tren al maquinista, que también era el jefe de tren. También le explica las líneas de la que disponen los teléfonos móviles corporativos. Asegura que técnicamente y por prestaciones el tren Alvia era de alta velocidad. Asegura que desconocía la peligrosidad de la curva de Angrois.

Intervención del representante del PNV

El interventor afirma que el teléfono móvil era un teléfono corporativo, y que el régimen de uso es el mismo que tiene el maquinista.

Intervención del representante de ERC

A preguntas técnicas del político interviniente, el compareciente le responde que no sabe: Antes del accidente no sabía que el tren Alvia 730 era conocido en el argot ferroviario como el tren Frankenstein; para él la vía y el tren eran seguras, “….ignoraba completamente que esa curva existiese ni que tuviese cierto peligro…”. El interviniente se extraña de que, siendo el compareciente el interventor, no supiera nada de esa curva. Prefiere no seguir preguntando.

Intervención del representante de Ciudadanos

El ferroviario le contesta al interviniente que desconoce las condiciones técnicas, que su ámbito de trabajo era el comercial, sus posibles comunicaciones de incidencias a la empresa habrían sido solo de ese tipo, como serían el confort de los viajeros, enlaces, horarios. El compareciente responde no a la pregunta de si era consciente de que su llamada de teléfono podía distraer al maquinista; a la de cuánto duró, respondió un minuto y algo. Afirma que en ningún momento recibió presiones para orientar sus posibles declaraciones. El político le pregunta sobre las medidas de comunicación interventor-maquinista y cámara de vídeo en la cabina de conducción tras el accidente, a lo cual el compareciente responde con un “creo que”, cuando tal vez su respuesta debiera haber sido como al representante de ERC, que a él le dijeron que en la comisión solo debía hablar de lo que sabía, no de lo que había oído, ya que él no conoció esas medidas porque no volvió a trabajar desde el accidente. Se despide el político diciendo que esta comisión es para aclarar las causas del accidente y evitar posibles nuevas catástrofes. Ninguna alusión a las responsabilidades políticas.

Intervención de la representante de GCUP-EC-EM

El compareciente responde afirmativamente a la exposición de la interviniente de que sí realizó la llamada, sí estaba normalizada en su puesto de trabajo y además sí estaba permitida. Para ese grupo no caben más preguntas, dado que ya manifestó no tener nociones suficientes sobre el tema técnico.

Intervención de la representante del grupo socialista

La política le pregunta al compareciente sobre las funciones de un interventor; le responde que son funciones de gestión comercial, no son sobre cuestiones técnicas ni de material. Sobre la famosa llamada, como la califica la interviniente, el interventor le confirma que fue hecha con el pin corporativo. A la pregunta de si le habían formado sobre el uso del teléfono móvil, si le habían informado que el uso de ese teléfono disminuyera la atención (del maquinista), el interventor le responde que tenían libre disposición para llamar, sin cortapisas “…pude hacerla más tarde…pero en ese momento desconocía el punto en el que estábamos, como tengo necesidad, hago la llamada…”. La interviniente deduce que la llamada se podía hacer cuando lo considerara y fuera necesario para desarrollar el servicio, a lo que el compareciente añade que “…exactamente, después estaría, dentro de quien la recibe, la conveniencia de aceptarla o no aceptarla…”. Se insiste en las medidas posteriores al accidente sobre el uso del teléfono móvil, a lo que vuelve a contestar lo que sabe de oídas.

Intervención del representante del grupo popular

El interviniente dice que conoce las declaraciones del interventor del 2 de agosto ante el señor juez porque obran en el informe de la CIAF (Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios); según este informe , que para el grupo popular es la biblia del estudio del accidente, el problema radica en el efecto que tuvo la llamada inocente, “…yo era el menos interesado en que ocurriese lo que ocurrió, yo iba dentro”. Retoma el político la conclusión de la CIAF, en que además de los problemas del exceso de velocidad, habla de una falta de atención del personal de conducción (el maquinista del tren siniestrado) al responder a una llamada telefónica de servicio del propio tren proveniente del interventor. Reproduzco la sesión de preguntas y respuestas como clara muestra de que para este grupo político el único culpable sigue siendo el maquinista por su distracción que pudo haber evitado no respondiendo a la llamada del interventor.
-Grupo popular: “Usted acaba de explicar que tenía libertad para efectuar llamadas, pero yo le pregunto algo que es obvio, pero quiero que lo conteste usted, ¿quién era el jefe del tren en ese momento?”.
Interventor: “El jefe del tren es el maquinista, maquinista-jefe de tren”.
-GP: “El maquinista, por lo tanto, era la persona que estaba en condiciones de rechazar o no su llamada”.
I: “Exactamente”.
-GP: “Y también era el dueño de, una vez haber iniciado la llamada, interrumpirla si surgía alguna circunstancia que impedía la conversación”.
I: “Lógico”.
-GP: “Porque es evidente que usted no trasladaba ninguna pregunta de emergencia, era una cuestión rutinaria y trivial”.
I: “Bueno, trivial, digamos referente y relativa al servicio”.
-GP: “Sí, relativa al servicio, pero usted tiene declarado que no lo hizo ni tan siquiera a iniciativa de un cliente, sino que fue una deferencia que tuvo usted, que quiso atender mejor a un pasajero”.
I: “Yo creo que el cliente, igual, incluso lo ignoraba esa circunstancia”.
-GP: “Respecto del momento elegido, usted no sabía exactamente en qué punto estaba, pero sabía que no habían llegado a Santiago todavía”.
I: “Sí, eso sí”.
-GP: “Y usted que ha circulado por esa línea cientos de veces seguro, ¿sabe la distancia que hay entre Santiago y Puentedeume?, ¿todavía, qué distancia podría haber, en tiempo?”.
I: “De Santiago a Coruña, media hora, a Puentedeume, digamos, otra media hora aproximadamente”.
-GP: “Casi una hora”.
I: “Sí, aproximadamente, sí”.
-GP: “Esa llamada pudo haberse hecho mucho después”.
I: “Sí, sí”.
-GP: “Y sin embargo se hizo pues en el momento en que…”.
I: “La podría haber hecho en Santiago o en Coruña”.
-GP: “…En el que se hizo”.

El político pasa a preguntar por el tiempo de duración de la conversación, sin desaprovechar que ya le preguntó el fiscal en el procedimiento y adorna su pregunta calificando la conversación de “simple tema de la vía (en Puentedeume)”, porque según él deberían haber hablado de otros asuntos, porque el simple tema de la vía en Puentedeume no da para cien segundos al teléfono, poniendo en duda lo que el interventor le responde porque lo que relata este en la comparecencia, según el representante del grupo popular, no da ni para treinta segundos. El ferroviario se ratifica en que solo hablaron del tema de trabajo.