The news is by your side.

Imposiciones de EEUU (II): Sanciones y violaciones de los DDHH contra Venezuela

El inicio frontal de las acciones de desestabilización como forma de bloque por parte de los EE.UU. comienza con Barack Obama firmando “Venezuela Defense of Human Rights and Civil Society Act of 2014” del 13 de marzo de 2014 quien impone sanciones contra funcionarios del gobierno venezolano, considerándolos sin derecho a juicio o defensa violadores de DD.HH.

En marzo de 2015 el gobierno estadounidense publica la orden ejecutiva (Executive Order 13692 of March 8, 2015) declarando a Venezuela como una “amenaza inusual y extraordinaria para la seguridad nacional y la política exterior de los Estados Unidos”.

En el año 2017 basándose en la Orden Ejecutiva 13692 la OFAC sanciona en mayo a los miembros del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela por declarar en desacato a la Asamblea Nacional, el 31 de julio sancionan al presiden de la República, Nicolás Maduro.

En agosto del 2017 se promulga la orden ejecutiva (Executive Order 13808 of August 24, 2017) donde se aplican nuevas medidas tanto a ciudadanos estadounidenses como a PDVSA, esta prohibición de comprar deuda al gobierno venezolano y por otro lado la restricción al mercado de acciones estadounidense por parte de Venezuela.

En el año 2018 con la puesta en marcha del mecanismo del PETRO para intentar dar oxígeno a la economía venezolana, Trump decide firmar una nueva Orden ejecutiva (Executive Order 13827 of March 19, 2018) donde se prohíbe a los ciudadanos estadounidenses la compra de esta moneda digital.

En mayo del año 2018 se publica la Orden Ejecutiva (Executive Order 13835 of May 21, 2018) donde se ordena la prohibición de compra de deuda internacional con el gobierno de Venezuela y de todas sus entidades.

En noviembre Trump firma la Orden Ejecutiva (Executive Order 13850 of November 1, 2018) poniendo sanciones contra toda persona que opere en el sector del oro de la economía venezolana o cualquier otro sector que considere el gobierno de los Estados Unidos y a cualquiera que se considere cómplice de corrupción, de igual forma la OFAC designa a PDVSA bloqueando sus bienes.

En enero de 2019 dos días después que Juan Guaidó se autoproclamara “presidente interino” en una plaza pública, los Estados Unidos imponen una nueva Orden Ejecutiva (Executive Order 13857 of January 25, 2019) en esta nueva orden se viene a ejecutar unas de las estocadas más duras a la ya golpeada economía venezolana, se amplía la lista de las entidades de lo que se interpreta “gobierno de Venezuela” se incluye al Banco Central de Venezuela y a PDVSA.

En este sentido, dicha sanción, cancelan todas las órdenes de compra de petróleo a PDVSA y se le entrega el control de a la Asamblea Nacional de CITGO y por otra parte se sanciona a la Compañía General de Minería de Venezuela (MINERVEN).

A principios de agosto de ese mismo año se extiende una nueva Orden Ejecutiva (Executive Order 13884 of August 5, 2019) donde se aplica un embargo completo con efectos extraterritoriales a todos los bienes e intereses en propiedad del gobierno venezolano radicados en los EEUU y además se establecen sanciones secundarias contra entidades extranjeras y nacionales que participen con el Gobierno de Venezuela.

Como hemos podido ver el esquema de las sanciones no busca otra cosa que no sea abiertamente un cambio de gobierno en Venezuela, en un principio velado por la administración Obama, pero puesto abiertamente en la escena internacional con la nueva administración de Trump, los ataques sistemáticos contra el gobierno se hacen cada vez más deplorables y más asfixiantes para la sociedad venezolana.

En el Consejo de Derechos Humanos, en marzo de 2019, aprueba la resolución 40/3 sobre los efectos negativos de las sanciones unilaterales impuestas por los EEUU, las cuales repercuten negativamente el derecho a la vida, el derecho a la salud, a la atención médica, a no pasar hambre y por último el derecho a un nivel de vida digno.

Se han declarado que estas sanciones provocan elevados costos humanos e indiscriminados, de esta forma dejan evidencia que las sanciones no vienen a afectar solo al gobierno venezolano, sino que también causan un grave daño a la sociedad venezolana y a la economía.

Existen distintas frases que sirven para describir lo que pretende EEUU al mantener estas sanciones y el ataque continuado contra el pueblo venezolano, el ex presidente Nixon le decía a Kissinger antes de la llegada de Allende al poder, que había que “hacer gritar la economía”.

 Obama en un ataque de sinceridad hablaba de “torcer el brazo” a otros países que no hicieran lo que EEUU querían, todo esto no es otra cosa que cuando la democracia no les funciona o no son los resultados esperados, existen formas de salir de gobiernos “incómodos”, la democracia sólo sirve para sus aliados, cuando todo el acoso internacional no es suficiente, el sabotaje, las invasiones y hasta el uso de mercenarios es plausible con tal de torcer la democracia.

Fuentes:

Venezuela Defense of Human Rights and Civil Society Act of 2014.

Executive  Order 13692 of March 8, 2015 Blocking Property and Suspending Entry of Certain Persons Contributing to the Situation in Venezuela, Federal Register, Vol. 80, No. 47.

USDT, “Treasury Sanctions Eight Members of Venezuela’s Supreme Court of Justice”, 18 de mayo de 2017.

USDT,    “Treasury Sanctions Eight Individuals Involved in Venezuela’s Illegitimate Constituent Assembly, 9 de agosto de 2017.

Executive Order 13827 of March 19, 2018 Taking Additional Steps to Address the Situation in Venezuela, Federal Register, Vol. 83, No. 55.

Executive  Order 13835 of May 21, 2018 Prohibiting Certain Additional Transactions With Respect to Venezuela, Federal Register, Vol. 83, No. 101.

Executive Order 13850 of November 1, 2018 Blocking Property of Additional PersonsContributing to the Situation in Venezuela, Federal Register, Vol. 83, No. 213.

Executive Order 13857 of January 25, 2019 Taking Additional Steps To Address     the National Emergency With Respect to Venezuela, Federal Register, Vol. 84, No. 20.

elestado.net no tiene por qué compartir la totalidad del contenido de los artículos que se publican en alguna de sus secciones de opinión.