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Jorge Glas rehén del gobierno de Guillermo Lasso en Ecuador

En el Ecuador lejos de lo que para muchos significaba ganar las elecciones en el 2017, seguir en la senda del progresismo latinoamericano, empezó una terrible pesadilla.

Lenín Moreno quien llegó a la presidencia de la República del Ecuador de la mano de Rafael Correa y su binomio Jorge Glas, empezó uno de los capítulos más impresentables de traición y enajenación en contra de quienes lo llevaron al poder, ya que no solo hizo un viraje político a la derecha y aplicó el plan de gobierno perdedor, sino que desmanteló la institucionalidad del Estado, a través de una consulta sin dictamen de constitucionalidad en el 2018, creando escenario perfecto para poder perseguir y encarcelar a quienes fueron sus coidearios.

El caso más alarmante de ensañamiento es el de el vicepresidente Jorge Glas, quien fue el principal artífice de la recuperación de los recursos estratégicos del país. Jorge Glas es la primera víctima de persecución política del Gobierno de Moreno, lleva privado de su libertad desde el 2 de octubre de 2017. Él se opuso al cambio de rumbo político realizado por el expresidente Moreno desde sus inicios.

Sufre de enfermedades, algunas desde temprana edad y catalogadas como “catastróficas” e “incurables”, el Estado ecuatoriano a posta ha actuado de manera negligente en su tratamiento, asimismo a una manera de tortura no cumple con la dotación de sus medicinas,  lo que incrementa la sintomatología y el nivel de dolor físico que Jorge Glas padece de manera crónica.

Su salud es extremadamente vulnerable conforme lo corroboran informes clínicos donde se destacan enfermedades tales como hipertensión esencial, espondilitis anquilosante, fibromialgias, rinitis alérgica, faringitis crónica, gastritis crónica, y trastorno de ansiedad generalizada. Así como pronunciamientos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH y el Grupo sobre la Detención Arbitraria de la Organización de Naciones Unidas ONU en ese sentido.

Jorge Glas tiene dos sentencias ejecutoriadas que está cumpliendo, en el caso Odebrecht que fue condenado con un código derogado “por el poder de las circunstancias”, y en el caso Sobornos por “influjo psíquico”. Jorge Glas ha cumplido más del 50% de la pena y le corresponde hace más de 11 meses salir libre con beneficios penitenciarios, ya que cumple con todos los requisitos, beneficios que no pueden activarse si el Estado ecuatoriano no elabora su expediente.

A Jorge Glas se le desconoció los derechos que como ciudadano le asistían: presunción de inocencia, falta de imputación objetiva, prisión preventiva (que luego de haber tenido medidas alternativas que aseguraban su inmediación con el proceso penal instaurado), involucramiento extensivo por ser sobrino de un acusado.

Se le asignó arbitrariamente cualidades y categorías que jamás tuvo o ejerció. Jamás se le ha comprobado conforme a derecho su participación en los delitos acusados, en forma alguna, según el periodista Christian Zurita Ron, en el programa televisivo Políticamente Correcto, el 16 de septiembre de 2018, dijo con toda claridad que Jorge Glas, está preso por la “fuerza de las circunstancias”, inclusive lo publicó en su cuenta de la red social Twitter. Dijo primero debía encarcelarse a Glas y luego buscar las pruebas.

Como se advierte todo fue una intervención política, que utilizó el marco que creó la prensa de linchamiento mediático y a la justicia para despojar su cargo a Jorge Glas.

Nadie puede ser discriminado por razones políticas o de cualquier otra índole, el Gobierno de Moreno utilizó a la justicia con dos instituciones, la Fiscalía General del Estado y los jueces de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia para quitar del camino a un personaje que no les era funcional para sus propósitos.

Usurparon el cargo de Vicepresidente de la República por tres ocasiones adicionales durante el período 2017-2021. El Ecuador en ese período tuvo 4 vicepresidentes.

A Jorge Glas no se le respetó derecho alguno durante su juicio. Tuvo un trato discriminatorio y diferente que cualquier otro ciudadano ecuatoriano o extranjero que supuestamente haya cometido un delito en el Ecuador.

Jorge Glas es un rehén político, su integridad física y personal corren grave riesgo ya que se encuentra en uno de los centros de rehabilitación social donde ha recibido más de 70 amenazas de muerte, centro donde se han dado las masacres sin precedentes en el Ecuador.

En el caso Odebrecht el Tribunal condenó a Jorge Glas, con un código penal derogado (norma anterior), porque establecía una pena máxima de 6 años, superior a la pena máxima de 5 años prevista en el Código Orgánico Integral Penal (norma actual), que sancionaba la conducta que era penalmente reprochable con el cambio de normas penales.

Y se lo hizo, porque si era condenado a la pena máxima de 5 años, podía pedir la suspensión condicional de la pena, no estar privado de su libertad, y continuar con el ejercicio de la Vicepresidencia de la República, lo cual no era el deseo de Moreno.

La doctrina jurídica es clara. Cuando hay un cambio de leyes penales, en primer lugar se debe apreciar si es que la conducta punible de la norma anterior pasa a la norma nueva, y de que manera sigue siendo un tipo penal, al analizar sus elementos objetivos, subjetivos, bien jurídico protegido, pena, circunstancias modificatorias tanto del tipo penal como de la pena, verbos rectores, en fin, de como queda al final la figura penal que pasa de la ley antigua a la nueva.

Con una consideración esencial, fundamental, que cumple el estándar internacional de los Derechos Humanos, se debe aplicar a la situación dada la norma menos rigurosa en caso de duda, oscuridad, o necesidad de decidir que norma utilizar. Este principio y derecho se denomina la favorabilidad, iniciada en el derecho penal que el día hoy pasa por todas las materias jurídicas.

En ese contexto, que para cumplir la imputación objetiva, la garantía de que nadie puede ser procesado penalmente sino por una ley previa y que la conducta penal tenga reserva de ley, el mandato legal debe estar vigente.

El 21 de agosto de 2017, dos días antes de que el juez Jurado solicitara autorización a la Asamblea, Jorge Glas publicó un comunicado que señalaba que jamás había recibido un centavo mal habido y que si su tío Ricardo Rivera se tomó su nombre para beneficiarse personalmente, debía asumir las consecuencias.

Jorge Glas también solicitó a sus compañeros en la Asamblea Nacional que den paso al pedido de la Función Judicial, a efectos de que pudiese defenderse de esas acusaciones. Jorge Glas culminó su carta haciendo un llamado a la “opinión publicada” y a la oposición política para que no ejerzan presiones indebidas a la justicia.

El Decreto Ejecutivo 100 de 3 agosto de 2017, fue la respuesta de Moreno, que incumpliendo sus ofertas de campaña, comenzó a aplicar el plan de gobierno de los movimientos políticos que perdieron las elecciones.

Jorge Glas se opuso desde un inicio al viraje político de Moreno. Concretamente, el 2 de agosto de 2017, Jorge Glas denunció, a través de una carta pública, las irregularidades en la gestión de Lenín Moreno.

Al día siguiente, el 3 de agosto de 2017, Moreno sancionó a Glas retirándole todas las funciones que le habían sido asignadas como vicepresidente, y prohibió de facto el uso de la movilización oficial, por ejemplo el uso del avión. Ordenó además que las Fuerzas Armadas bajen la bandera nacional del edificio de la vicepresidencia.

El sector político a través del poder mediático había decidido que Jorge Glas sea involucrado en el caso, sea juzgado sin la menor garantía, sea despojado de su cargo de vicepresidente en una siniestra trama de orgía de poder, sin importarle el ser humano de Jorge Glas, ni sus hijos, ni su esposa ni su madre, ni su familia, ni el pueblo ecuatoriano que había votado por él.

Jorge Glas nunca fue destituido. Él pidió ser sometido a juicio político para defenderse y que el país lo escuche. No sirvió de nada, ni  siquiera  se  pidió  el dictamen de la Corte Constitucional para que se pronuncie sobre el abandono del cargo como manda la Constitución. El expresidente Moreno por carta a la Asamblea Nacional lo declaró cesado, y sin más mandó una terna y la Asamblea sin haberlo destituido, votó por un reemplazo. Jorge Glas ni siquiera fue notificado. Sin debido proceso, se votó por un reemplazo.

Fue mediante un simple oficio que el 4 de enero de 2018, en el cual el hoy expresidente de la República, por sí y ante sí calificó, la causa de fuerza mayor y que la ausencia temporal del vicepresidente de la República Jorge Glas.

El expresidente Moreno, sin facultad jurídica alguna calificó la ausencia temporal y definitiva del vicepresidente Jorge Glas. Amilanado pretendió fundamentar su actuación vil, con un certificado del Director de Talento Humano de la vicepresidencia de la República y con dos sentencias de una acción de protección propuesta por cinco asambleístas en nombre de Jorge Glas.

El estándar internacional sobre los Derechos Humanos claramente ha establecido que las acciones en pro de la protección de los derechos no pueden ser utilizados en contra precisamente de quien pretende el amparo de sus derechos.

Luego de esta tramoya del despojo del segundo más alto cargo de elección popular, el expresidente Moreno solicitó de la Asamblea Nacional que se designe a una vicepresidenta de la República, de la terna enviada, compuesta por tres mujeres. La Asamblea Nacional el 6 de enero de 2018 designó a la primera de la terna como vicepresidenta de la República, quien paradójicamente fue obligada a renunciar el 18  de diciembre de 2018.

 Es importante destacar que:

  • El informe del Departamento de Justicia de Estados Unidos (EEUU), no nombra a Jorge Glas.
  • Asistencias penales de Brasil, Panamá, no nombran a Jorge Glas.
  • El informe de la Unidad de Análisis Financiero UAF, del Servicio de Rentas Internas SRI y la Contraloría General del Estado, auditaron cada centavo del patrimonio familiar de Jorge Glas y no encontraron irregularidad alguna.
  • Posteriormente por otra indagación penal, llegó el reporte de la Asistencia Penal de China que exculpa a Jorge Glas.

El testigo Alcívar, otro testigo “protegido” por el Fiscal, tampoco compareció a juicio, no fue sometido a legítima contradicción, su pendrive fue un montaje, ya que los archivos fueron descargados ilegalmente en el 2016 por el sistema de inteligencia, y una investigación del portal de noticias español ElEstado.Net reveló los nexos de Alcívar con políticos enemigos de Glas y hasta fotos contando el dinero que habría recibido por ser parte del montaje.

El juez del caso jamás motivó su fallo, tampoco describió los indicios que le llevaron a considerar que Jorge Glas había participado en la causa, ni qué elementos objetivos hacían pensar al juez que se podía materializar algún riesgo de fuga o que Jorge Glas impediría el desarrollo del caso, por qué la prohibición de salida del país era absolutamente necesaria y no existía una medida menos grave, y por qué esta medida cautelar era estrictamente proporcional para impedirle a Jorge Glas salir del país, puesto que a él  le asistía la presunción de inocencia. El juez aceptó el pedido del fiscal sin ningún tipo de razonamiento.

El 3 de mayo del 2019 los señores Fernando Villavicencio y Christian Zurita, a través de su Portal Mil Hojas, realizaron una publicación en la cual afirmaron que, las campañas electorales del partido político, Alianza País, habían sido financiadas con aportes de empresas contratistas del Estado.

En dicha publicación, basada en información supuestamente entregada de manera anónima, se señaló que las empresas contratistas del Estado habían realizado un sin número de aportes y que los mismos no fueron registrados en el Consejo Nacional Electoral que es la entidad que regula estas actividades.

Las figuras políticas citadas en la noticia eran, el expresidente de la República Rafael Correa, el ex vicepresidente Jorge Glas, exministros de Estado, exasambleístas y exasesores de las autoridades antes mencionadas.

El 5 de mayo de 2019, dos días después de la publicación, da inicio al Juicio Penal e Instrucción Fiscal en contra de Pamela Martínez y Laura Terán, dos asesoras del expresidente de la República, las cuales son detenidas con fines investigativos, se inicia una instrucción fiscal contra ellas y deciden suscribir un convenio de colaboración eficaz con la Fiscalía.

El 7 de mayo de 2019, luego de alrededor de 3 meses de proceso, con una investigación previa que duró menos de un día, con detenciones arbitrarias para los primeros procesados, reformulación de cargos, acumulación de procesos, se llevó a cabo la vinculación de el ex vicepresidente Jorge David Glas Espinel.

Los principales indicios para vincular a Jorge David Glas Espinel, que luego serían considerados como elementos de convicción en la audiencia preparatoria de juicio y posteriormente como pruebas.

El mismo montaje bajo los “testimonios anticipados” se aplicaron en el caso Arroz Verde (Sobornos) contra Rafel Correa, Jorge Glas y otros. Un juicio relámpago que tenía la misión de inhabilitar a Rafael Correa para las elecciones del 2021, como efectivamente ocurrió.

La corrupta confesa de Pamela Martínez se contradijo cuando su famoso cuaderno (símil de los cuadernos en Argentina contra CFK) que dijo haber escrito años antes como un “registro”, al solicitarse la prueba de tinta y verificarse que ese cuaderno se había fabricado en el 2019, por lo tanto lo escribió en la cárcel. El peritaje de tinta nunca fue autorizado.

Pamela Martínez en el caso Arroz Verde (Sobornos) nunca compareció al juicio, pactó el 90% de descuento de su pena con la Fiscal Salazar a cambio de acusar a Rafael Correa y Jorge Glas y borrarlos del mapa electoral. Nunca fue sometida a contradicción al igual que Santos o Alcívar en el juicio Odebrecht que se quedó sin Odebrecht. Sus testimonios que no aportaron prueba alguna contra Jorge Glas, quedaron en acusaciones de “boca”, prohibidas por la ley, en Ecuador y todo el mundo, un testimonio no es prueba.

Jorge Glas demostró su inocencia con pruebas durante el juicio. Ninguno de los procesados que se declararon culpables en el caso Odebrecht lo nombraron, todos dijeron no conocerlo. No existe un solo reporte de asistencia penal de ningún país que lo nombre.

La Contraloría General del Estado le hizo dos auditorías patrimoniales en donde examinaron cada centavo de sus cuentas y las de su esposa, fue una auditoría forense integral, y demostraron que sus ingresos y gastos corresponden a los de su salario como servidor público y los de su esposa como ejecutiva de una empresa privada.

Llegaron al ridículo de sentenciar a Rafael Correa y a Jorge Glas, debido a la total falta de pruebas, por “influjo psíquico”, esto no se ha visto nunca.

Se recusaron jueces, pero nada valió, todo estaba armado, era un show para mezclar mentiras con verdades, corrupción hubo, pero Jorge Glas no fue parte, y lo demostró en el juicio. No existe a la fecha, años después, una sola prueba que incrimine a Jorge Glas, más bien todo lo contrario, el gobierno de Moreno gastó millones de dólares en investigaciones internacionales buscando la “corrupción de Correa y Glas” y no encontraron nada, porque nunca cometieron delito alguno.

En el caso Odebrecht, la entonces Jueza de la Corte Nacional Silvia Sánchez, es cónyuge del doctor Santiago Andrade, quien era el Director de Relaciones Internacionales de la Fiscalía General del Estado quien tenía a su responsabilidad la gestión de la Cooperación Penal Internacional, con todos los países del Mundo.

En este caso participó activamente en las cooperaciones internacionales con Brasil, Panamá, China y Estados Unidos por lo tanto, su juicio no era imparcial, pues el trabajo de su cónyuge estaba siendo interpelado judicialmente como prueba importante dentro del proceso.

Es decir, las pruebas introducidas por la Fiscalía obtenidas de las asistencias penales internacionales debían ser válidas, y eso significaba una apreciación de los jueces del trabajo de la Fiscalía en el proceso, entonces una Jueza cónyuge valoraba el trabajo del equipo de la Fiscalía en el que su cónyuge era el Director de la Oficina de Asistencias Penales Internacionales. ¡Qué mayor conflicto de interés!

En el caso Sobornos se hicieron públicos los emails cruzados entre Fiscalía y un  juez. La secretaria de la fiscal era la pareja sentimental de un juez, con una hija en común, esto los obligó a cambiar la teoría del caso a medio camino, es decir la Fiscal acusó de una cosa, pero fueron sentenciados por otra.

Algo que no concuerda con los estándares internacionales sobre Derechos Humanos y debido proceso. Inclusive ha sido un elemento gravitante para declarar la nulidad procesal y el inicio de una investigación procesal por fraude procesal al señor Sergio Moro Juez, y a los fiscales del caso Lava Jato. Asimismo dentro de la legislación ecuatoriana no es posible este tipo de relación de comunicación entre sujetos procesales sino es en la presencia de la contraparte.

Todas estas actuaciones que comprometen seriamente la imparcialidad tanto en el caso Odebrecht como en el caso Sobornos han sido reclamadas dentro del proceso penal pero fueron desechadas por los mismos denunciados en unos casos. En otros se inició una acción de recusación pero finalmente otros jueces no afectaron al juez recusado, en el caso, Sobornos.

Los jueces se repiten, caso tras caso, tienen mejor suerte que ganarse la lotería. Siempre tienen que hacer en algo trascendente en los juicios y no tienen la honestidad profesional de excusarse.

Respecto a la vulneración al derecho del debido proceso en la garantía de ser juzgado por juez competente, es importante señalar que en Ecuador el Consejo de la Judicatura, órgano administrativo que se encarga de la designación de jueces, de manera arbitraria cesó a varios jueces de la Corte Nacional de Justicia en noviembre de 2019, mediante Resolución No. 197-2019, de fecha 28 de noviembre de 2019, y designó a 26 conjueces temporales, para la Corte Nacional de Justicia, algunos de ellos ya eran “jueces temporales”.

En nuestro ordenamiento jurídico no existe la figura de conjueces temporales para la Corte Nacional de Justicia. Esa posibilidad no está prevista en Constitución ni en la ley.

Hasta el 21 de octubre de 2018 Jorge Glas se encontraba en la cárcel 4, una centro de mínima seguridad, cuando fue trasladado por venganza política a una cárcel de máxima seguridad.

Mediante un comunicado oficial de la Secretaría de Comunicación del Gobierno ecuatoriano, se señala que “luego de la fuga del exsecretario de Comunicación del Gobierno de Rafael Correa, Fernando Alvarado Espinel, se ha recibido un informe de inteligencia policial, y por razones de seguridad hace pocos minutos se procedió al trasladar a Jorge Glas al Centro de Rehabilitación Social de Latacunga. Se garantiza su integridad de acuerdo con los protocolos vigentes”.

El traslado de Jorge Glas al Centro de Rehabilitación Social de Latacunga fue una clara represalia. Es importante resaltar que el caso exsecretario de Comunicación y el de Jorge Glas eran totalmente diferentes y no estaban relacionados directa ni indirectamente. El riesgo de fuga de Jorge Glas era prácticamente nulo ya que estaba custodiado las 24 horas del día, y por lo tanto, la medida tomada por el Gobierno ecuatoriano fue totalmente arbitraria. Posteriormente el exsecretario de Comunicación fue sobreseído.

En ningún momento Jorge Glas dio motivo alguno para su traslado. Glas estaba cumpliendo con todas las reglas y requerimientos de la cárcel 4. No hubo intento de fuga de ninguna clase. No se practicó ningún tipo de estudio de riesgo de fuga que lo involucrara.

El traslado de Jorge Glas a la cárcel de máxima seguridad de Latacunga no fue nada más que una represalia y una sanción por los actos de Fernando Alvarado. Se sancionó a Jorge Glas por los actos cometidos por un tercero, tercero que luego fue exculpado.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el 31 de diciembre de 2019 otorgó medidas cautelares a favor de Jorge David Glas Espinel, tras considerar que se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos.

La Comisión valoró que Jorge Glas estaría siendo objeto de intimidaciones, hostigamientos y amenazas dentro de dicho centro; esto aunado a la situación de salud de Jorge, quien a su vez padecería de una serie de enfermedades crónicas, encontrándose su vida, integridad personal y salud en riesgo.

A su vez, la Comisión valoró las medidas adoptadas por el Estado, sin embargo no se identificó elementos suficientes que permitan analizar la idoneidad y efectividad de dichas medidas, ya que Jorge Glas alegó continuar siendo objeto de amenazas y hostigamiento, particularmente por otros privados de libertad. Hasta la presente fecha el Estado ecuatoriano ha incumplido las medidas cautelares otorgadas por la Comisión.

El 26 de noviembre de 2020, el señor Heriberto Antonio Glas Espinel, hermano de Jorge Glas Espinel, fue víctima de un secuestro extorsivo, Heriberto Glas fue interceptado por un vehículo y unas motocicletas en momentos que se trasladaba a su lugar de trabajo. Fue golpeado en su cráneo y rostro, y trasladado a un lugar desconocido en donde volvió a ser víctima de maltratos.

Los delincuentes pedían cuatrocientos mil dólares de los Estados Unidos de América por dejar en libertad a Heriberto Glas. Aproximadamente por 36 horas los secuestradores golpearon a Heriberto Glas, lo amenazaron con asesinar a cada uno de los miembros de su familia, le pusieron y rastrillaron un revolver en su cabeza.

Esto es la consecuencia de los constantes discursos de altas autoridades ecuatorianas, que muestran a Jorge Glas como un delincuente que se enriqueció con los dineros del Estado. El constante descrédito hacia Jorge Glas crea la falsa impresión de que él y su familia tienen dinero, esto hace que los familiares de Jorge Glas sean vulnerables a este tipo de delincuencia.

Posteriormente, en la mañana del miércoles 28 de abril de 2021, Harrison Alberto Salcedo Mena, abogado del señor Jorge Glas, fue asesinado a tiros en la ciudad de Quito, República del Ecuador.

El asesinato, al estilo sicariato, se produjo mientras el abogado Salcedo, de 39 años de edad, transitaba en su vehículo. Según el ministro de Gobierno, José Gabriel Martínez Crespo, la muerte de Harrison Alberto Salcedo Mena tendría relación con el amotinamiento producido horas después en la penitenciaria de Guayaquil.

Harrison había hecho varias denuncias contra autoridades judiciales del Ecuador por persecución, e inclusive responsabilizó a la Fiscal General del Estado por su vida.

La única vía que existe para precautelar los Derechos Humanos Jorge Glas, es que el Estado actué de conformidad a lo que establece en los artículos 35 de la Codificación del Código de Ejecución de Penas y Rehabilitación Social, y 38 y 39 del Reglamento de la Codificación el Código de Ejecución de Penas y Rehabilitación Social vigentes a la fecha del Código Penal aplicado, que permitiría a Jorge obtener los beneficios penitenciarios de pena única y prelibertad a los que tiene derecho.

Dichos beneficios debieron habérselos otorgados hace 11 meses, pero la Función Ejecutiva y Judicial ecuatoriana omitiendo sus obligaciones no han actuado, vulnerando nuevamente los Derechos Humanos de Jorge Glas, que a la fecha ha sido sentenciado de manera ridícula y burda, a quien se lo ha privado de su libertad y torturado siendo inocente.

Actualmente el grupo político de Jorge Glas (Revolución Ciudadana) es el que ha iniciado una denuncia en el seno de la Asamblea Nacional para que se inicie un juicio político en contra de Guillermo Lasso por estar inmerso en la trama de papeles de pandora, esto por incumplir el pacto ético que impide a los candidatos y servidores públicos ecuatorianos tener capitales o bienes en paraísos fiscales.

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