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Cuba a vueltas con los vientres de alquiler

En Cuba se está proponiendo un proyecto de ley que habla sobre “gestación solidaria”, pero, ¿se trata de alquiler de vientres o es otra cosa?

Cuba está nuevamente en el foco de atención. Esta vez debido al proyecto del Código de las Familias que se está moviendo en la agenda. Lo más llamativo resulta ser que estas normativas incluyen propuestas bastante polémicas en materia de bioética, y una de ellas es la gestación subrogada (o vientre de alquiler).

Los legisladores se refieren a esta práctica como “gestación solidaria”, la cual está prohibida en gran parte del mundo. Ahora bien, tras la presentación de la versión número 25 del proyecto de ley, se planeó la realización de la consulta popular en septiembre para decidir si se aprueba o no.

De ahí que empezasen a darse a conocer las medidas que “blindan” y regulan este tipo de gestación, denominada en otros países como “subrogada” o “vientres de alquiler“. Más aún debido a que, en los últimos meses, se han ido filtrando en internet anuncios donde mujeres cubanas se ofrecen a alquilar su vientre a cambio de recibir una buena remuneración.

La propuesta que presenta el proyecto de ley

Según los parlamentarios de Cuba, la gestación solidaria “tiene lugar cuando una mujer distinta de quien quiere asumir la maternidad, gesta en su útero por motivos altruistas o ajenos a cualquier retribución monetaria o mercantil, a la hija o el hijo de quien o quienes quieren asumir la maternidad o la paternidad”.

Por otro lado, uno de los soportes legales es el hecho de que no basta con la manifestación de la voluntad y el mutuo acuerdo entre las partes. Para acceder a este tipo de práctica se requiere de una autorización judicial, que se concedería antes de iniciar el proceder médico.

Asimismo, el Ministerio de Salud Pública aclaró que corresponde a los tribunales conocer de las demandas y los asuntos de este tipo que puedan surgir por la aplicación de la legislación familiar, todo siguiendo el Código de Procesos.

A pesar de tener un riguroso procedimiento para conseguir la aprobación, esta técnica desató nuevamente el debate internacional. Tanto desde el punto de vista ético y emocional, como del médico.

Por otra parte, uno de los aspectos más importantes a destacar es que la legislación prohíbe cualquier tipo de remuneración o alquiler de vientre, pero establece la obligación de los futuros padres de proveer alimentos y encargarse de las necesidades de la gestante durante el embarazo.

En el caso de otros países, la gestación subrogada supone una de las técnicas más costosas de reproducción asistida debido a la gran implicación de la gestante y todos los trámites necesarios. Si bien el precio depende del país en cuestión, puede variar entre los 35.000 € y 150.000 €.

Entre las complejidades del proceso

Al mismo tiempo, fueron incorporados una serie de requisitos para poder llevarse a cabo esta gestación solidaria. Se establece que solo se puede acceder a ella cuando la familia en cuestión ha agotado el resto de las técnicas de reproducción asistida, y si se ha tenido en cuenta el interés superior de la niña o el niño que pueda nacer.

En segundo lugar, está el hecho de que es necesario que la futura gestante cumpla con una buena salud física y psicológica. Además, debe tener la edad adecuada para que el embarazo no corra mayores riesgos.

Específicamente, la mujer gestante recibe los óvulos y espermatozoides de los padres de intención (que es la pareja que no puede concebir), por lo que no tiene ningún vínculo biológico con el feto, pues los gametos provienen de otras personas. Y allí encontramos una cualidad que se conoce como maternidad subrogada plena.

Sin embargo, en el caso de que la madre de intención no pueda aportar su material genético, lo más recomendado es utilizar óvulos de una donante anónima, o bien de la propia gestante luego de firmarse un acuerdo legal previo, y que esto quede bien esclarecido para que no haya ningún tipo de problema. Esta opción es llamada maternidad subrogada parcial.

Por tal motivo, el proyecto de Cuba expresado en el Código de las Familias, establece que solo podrá realizarse entre personas unidas por vínculos familiares o afectivos de carácter cercano y demostradamente perdurable. Esto sirve para darle una opción a todas aquellas mujeres que sean estériles, hombres solteros o parejas homosexuales.

Conclusión

Si bien hay más oscuros que claros con esta legislación, en esencia continúa siendo una variable de la maternidad subrogada, la cual puede verse desviada en caso de que exista cualquier acto de corrupción.

También es preciso recordar que hay movimientos feministas que se oponen a la maternidad subrogada. Las mismas consideran la práctica una cosificación del cuerpo de la mujer al ser utilizado con un fin mercantil, que es entregarle al bebé que gesta (y que no es suyo) a otra pareja para recibir un beneficio económico.