Comparación entre esposas de Nóos y Gürtel (II)
Este segundo escrito comparativo será más corto, ya que supongo que el avispado lector recordará los hechos probados y los fundamentos de derecho referidos a la amantísima esposa del condenado en segunda instancia Urdangarín, aplicados carambólicamente a la despistada esposa del condenado en segunda instancia Torres. Se expondrán sin ser exhaustivos los casos de la ciudadana Rosalía Iglesias y de la esposa del condenado en primera instancia Sepúlveda, que, como la de Torres, también se movía un poco despistada por los asuntos del cónyuge.
La ciudadana Rosalía Iglesias es un calco de las ciudadanas Isabel Pantoja y Teresa Zaldívar; expondremos solo tres ejemplos muy significativos de lo que se dice de ella en la sentencia: “Cuando su marido lo precisaba, colaboraba en el desarrollo de la actividad delictiva dirigida, por él, a enriquecerse de modo ilícito intermediando en otras adjudicaciones de obras y apropiándose de fondos del PP, que ocultó a través de un entramado financiero en Suiza, que luego afloró mediante la simulación de distintas operaciones comerciales y que destinó a pagos en efectivo, de manera opaca para la Hacienda Pública”; “En cualquier caso, con ese fin de ocultar tales rentas de procedencia ilícita y aflorarlas, desvinculadas de su origen, el condenado en primera instancia Bárcenas, de acuerdo con la ciudadana Rosalía Iglesias, creó un entramado financiero en entidades bancarias suizas, a través del cual invirtió en distintos valores y productos financieros, e, igualmente, afloró fondos cuyo origen no se correspondía con su declarada actividad ni con su ahorro, dotándolos de una apariencia lícita al reflejarlos en las correspondientes declaraciones tributarias como ganancias patrimoniales derivadas de operaciones de compraventa de obras de arte”.
Pongamos como último ejemplo de connivencia matrimonial en todo el entramado ilícito lo siguiente: “En el año 2005, también de la misma “Caja B”, [el condenado en primera instancia Bárcenas] sustrajo 149.600 €, de los que, de acuerdo con su mujer, la ciudadana Rosalía Iglesias, destinó a 149.000 € a pagar unos inmuebles adquiridos por el matrimonio. En esta ocasión, el apoderamiento de los fondos de la “Caja B”, tuvo lugar mediante la compra de acciones de Libertad Digital, de manera que el condenado en primera instancia Bárcenas,de acuerdo con su propia esposa, entregó a esta, extraídos de dicha caja, los 149.600 €, de los que dispuso el 29/10/2004 para adquirir 1.360 acciones de esa sociedad, que puso a nombre de la ciudadana Rosalía Iglesias. Compradas las acciones a su nombre, posteriormente las vende esta, el 15/03/2005, al padre del apoderado del condenado Bárcenas, por 149.600 €, que no se reingresan al PP, sino que se queda con ellos el matrimonio, ingresándolos, mediante dos imposiciones que hace la propia ciudadana Rosalía Iglesias, una el 16/03/2005, por importe de 74.000 €, y otra el 21/03/2005, por importe de 75.600 €, en su propia cuenta corriente, abierta en Caja Madrid. Una vez en su poder los 149.600 €, la ciudadana Rosalía Iglesias emite un cheque contra su cuenta corriente, por importe de 149.000 €, para pago parcial de un inmueble en Baqueira. Y, por otra parte, con el fin de dotar a esa cantidad de una apariencia lícita, de acuerdo con su marido, la ciudadana Rosalía Iglesias consignó mendazmente en su declaración individual del IRPF de 2005 los 149.600 € detraído de la “Caja B”, como rentas generadas en un periodo igual o inferior al año derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales distintos de inmuebles o acciones”.
De la despistada esposa del condenado en primera instancia Sepúlveda poco se dice en la sentencia. No aparece citada en ninguno de los ilícitos penales de su marido, ni siquiera para referir que desconocía las fechorías en las que incurrió el condenado Sepúlveda. Se le condena civilmente como partícipe a título lucrativo a devolver unos importes de viajes, celebraciones infantiles y regalo personal de la trama corrupta.
Bien, recapitulemos. Los jueces, según los hechos probados, sentencian que tres de las seis mujeres no estaban al tanto de lo que hacían sus maridos, mientras que las otras tres participaban de lleno en las actividades ilícitas de los suyos, prometido en vez de marido en el caso de la ciudadana Isabel Pantoja. Nada que objetar en estos tres casos de las esposas tratadas como ciudadanas, parece que los investigadores descubrieron toda la trama. Como no puedo demostrar que los hechos probados de las tres esposas son falsos, quiero decir, erróneos, acudamos a lo que se reprodujo en los medios que aconteció fuera de la vista oral.
Deambulando por Internet, se encuentran asuntos olvidados sobre estos tres casos. Del caso Malaya nada hay que decir, las ciudadanas Isabel Pantoja y Teresa Zaldívar solo convocaban a las huestes españolas ávidas de jaleos de alcoba, consumidores de revistas del corazón y programas televisivos sin otro ánimo que divertir a la audiencia. No se conocen discrepancias entre jueces y fiscales, o expulsiones de parte interesada.
En el caso Gürtel encontramos algunas turbiedades. Se dijo que el PP manejaba jueces y fiscales a su conveniencia, quitando a los imparciales y aupando a los de su cuerda; obstruía la labor de la justicia y destruía pruebas. Como hecho cierto, cabe destacar la expulsión del PP como acusación particular, ya que el magistrado creía que el PP actuaba a favor del condenado en primera instancia Bárcenas.
En el caso Nóos hallamos turbiedades más oscuras, no por peores que las del caso Gürtel, que lo son, sino porque de ser ciertas, que parece que lo son, y provenir de las más altas instancias del estado, demuestran que lo de que España es un estado de derecho solo lo es en el papel, por cierto si no mojado, bastante húmedo y enmohecido.
Editado está que a propósito de la inculpación, en la fase de instrucción, de la amantísima esposa del condenado en segunda instancia Urdangarín, el padre de la inculpada, a la sazón rey de España, convocó al presidente del Gobierno, al ministro de Justicia y al fiscal general del Estado para trazar un plan de salvación para contrarrestar la labor inculpatoria del juez que estaba poniendo contra las cuerdas a su hija. Incluso se habló de sicarios que se encargarían de dar algún que otro susto al juez.
Editado está, y desmentido por el fiscal, que los representantes del interés del pueblo en el proceso de instrucción, fiscal y abogado del Estado, prepararon el interrogatorio con los tres peritos de Hacienda mientras los cinco comían juntos en un bar (más adelante veremos la actuación de los peritos de Hacienda).
El fiscal, se ve que de costumbres muy hispanas, también estuvo en un bar con los abogados defensores de la hija del rey. Tal vez por eso el juez advirtió una simbiosis argumental entre la fiscalía y esos abogados defensores, cuya casualidad no ponía en duda, pero que coincidían hasta en los mismos errores, circunstancia esta no frecuente, pero que acontece. Por supuesto, el fiscal no participaba de esta opinión del juez.
Parece ser que el rey reinante en cada momento de los otros dos juicios no convocó al presidente, ni al ministro ni al fiscal general para interesarse por sus “hijas”, pues todos sabemos que los monarcas siempre han considerados hijos suyos a sus súbditos. Ni los tres cargos metidos en el meollo, motu proprio, convocaron a los padres u otro familiar de las ciudadanas Isabel Pantoja y Teresa Zaldívar, tal vez se reunieran por lo de la ciudadana Rosalía sin contar con su padre u otro familiar de sangre por las consecuencias que podrían tener para ellos una condena a tal señora.
No acaban aquí las oscuridades que jamás sabremos si fueron ciertas o fueron fruto de mentes de periodistas conspiranoicos. Brevemente, veamos el comportamiento de los peritos de Hacienda. Los informes de Hacienda contra las ciudadanas Isabel Pantoja y Teresa Zaldívar fueron dados por buenos por el juez en todo momento. La ciudadana Rosalía Iglesias fue desimputada en 2010 en base a la documentación remitida por la Agencia Tributaria, por lo que supongo que los dirigentes del PP brindarían con champán; no obstante, el juez no descartó que se le volviera a imputar si aparecieran documentos o pruebas contra ella, como así sucedió.
Pero en el caso Nóos los peritos de Hacienda no contaron con la aprobación del juez instructor. Este reprocha el cambio de criterio de los peritos de Hacienda, que envían un informe al juez el 21 de junio de 2013 en el que la hija del rey habría cometido delito fiscal, pero el 16 de septiembre del mismo año le envían otro en el que ya no existe delito fiscal: El juez achaca el cambio de criterio respecto a informes anteriores a partir de que dos órganos de la Administración de Justicia se cuestionaron la responsabilidad penal de la hija del rey (el juez instructor se refería al Fiscal General del Estado y a la Fiscalía Anticorrupción).
Más adelante, el juez instructor pregunta por qué los informes tributarios de la hija del rey se enviaron antes a Madrid que a él mismo, porque lo establecido es que fuera la delegación de Hacienda de Barcelona, lugar de residencia de los ex duques de Palma, la que hubiera hecho la inspección.
Lo dicho en la primera entrega de este análisis de los tres juicios, que teniendo casos tan inquietantemente parciales para avisar a la ciudadanía combativa que su pelea tendrá graves consecuencias personales y familiares, presentar estos juicios de delitos de burgueses y pancistas no pareciera muy acertado, pero tal vez llegue a oídos de Bárcenas y, comprobada por este la admisión de la mirada hacia otro lado de las esposas, además de que alguna firmaba por amor, y Hacienda, dé un golpe en un barrote de la celda y cante de una vez por todas todo lo que todos sabemos que sabe.