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COVID-19 no será “enfermedad laboral” para todos los ecuatorianos

Ecuador vive al filo de la muerte. El virus no será considerado accidente laboral ni enfermedad profesional, salvo en los casos en los que se pueda comprobar “de forma científica o por métodos adecuados a las condiciones y a las prácticas nacionales, un vínculo directo entre la exposición a agentes biológicos que resulte de las actividades laborales contraídas por el trabajador“, dispone el nuevo decreto 023 del Ministerio de Trabajo.

La excepción aplica para quienes, por la naturaleza de su trabajo, se exponen al virus. O sea personal de salud. Pero, la resolución 023 del Ministerio de Trabajo impide reclamos del resto de trabajadores a sus empleadores, si se contagia del coronavirus al dejar la cuarentena para reintegrarse a la jornada laboral presencial, suspendida desde el 17 de marzo del 2020.

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Si cualquier persona que no sea trabajador de la salud se infecta al realizar su trabajo, no habrá indemnizaciones. Los trabajadores del Ecuador, de ciertos sectores como la construcción, deberán volver a sus actividades el próximo 4 de mayo luego de que la ministra del Interior, María Paula Romo anunciara, la semana anterior, que su país pasará de la fase de aislamiento al distanciamiento.

Con más de 14 mil muertos en medio de la pandemia, según reporte del Registro Civil, y pese a la petición de mantener el aislamiento que realizaron médicos, epidemiólogos y académicos, el Gobierno cambiará de fase y se reiniciarán labores, sin opción a reclamos, si se contagian.

En la carta de los epidemiólogos enviada al presidente Lenín Moreno, se advierte que el Ecuador no cuenta con un Plan de Protección social, Servicios de Atención de Casos, Disminución de contagios y mortalidad, capacidad de confirmar casos sospechosos.

Jaime Breilh, epidemiólogo de la Universidad Andina Simón Bolívar declaró que para enviar la petición  han analizado la curva de los primeros 60 días de la pandemia, y han identificado que ni siquiera ha llegado a su meseta, por el déficit de capacidad institucional y la enorme vulnerabilidad de barrios urbanos y comunidades rurales, y por la ausencia de un plan real de mitigación.

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El ministro de Salud, Juan Zevallos expresó, hace una semana, que el 60% de los ecuatorianos se contagiará del letal Covid-19.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró al coronavirus como pandemia el pasado 11 de marzo, pero según el gobierno de Ecuador eso “no constituye un accidente de trabajo ni una enfermedad profesional”. La misma organización ha afirmado que el coronavirus es más letal que cualquier ataque terrorista y está lejos de terminar.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) expuso que frente a la reactivación del aparato productivo tras varias semanas de cuarentena, se deben cumplir medidas de evaluación del riesgo, y cuidar los lugares de trabajo con estrictos criterios en materia de seguridad y salud, para minimizar el riesgo de contagio en los trabajadores.

Sin esas medidas de control, los países corren un riesgo muy elevado de que se produzca un repunte del virus. La aplicación de las medidas adecuadas contribuirá a mitigar el riesgo de una segunda ola de contagio en el lugar de trabajo, agregó la OIT.

Los trabajadores ecuatorianos se unieron para hacer que el Ejecutivo tuerza el brazo, en cierta medida, luego que el pasado miércoles, el ministro de Trabajo Luis Poveda emitiera la resolución 022 en la que determinaba que el Covid-19 no era una enfermedad profesional, ni un riesgo de laboral ni siquiera para los trabajadores de la salud.

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Horas después de la mencionada resolución, el síndico de la Federación de Trabajadores Públicos y Privados, Cristóbal Buendía, expresó que el Ministerio de Trabajo viola el Código del Trabajo, y no establece excepciones necesarias como casos de médicos y de trabajadores que están en riesgo al contagio por sus labores. “Consideramos que debe ser derogada dado que también viola principios de orden constitucional” dijo el representante laboral.

Voces como esas generaron que un día después, el Ejecutivo retroceda en su intento de atropellar los derechos laborales, incluso, de los médicos y trabajadores de la salud.

El historiador Juan Paz y Miño señaló que la pandemia obliga a reflexionar sobre los derechos laborales y advirtió que Ecuador debe regularizar el teletrabajo, el trabajo por horas y trabajo “tercerizado“, que se había prohibido a través del Mandato 8 de la Asamblea Constituyente de Montecristi en el 2008. Pero que ante la circunstancia del COVID-19 debe ser replanteada según el académico, quien también advierte que el salario básico no se puede rebajar como pretenden algunos sectores empresariales.